REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN
Maracaibo, 22 de Noviembre de 2005
195° y 146°
RESOLUCIÓN N° 786-05 CAUSA 6E-049-04.
Se encuentra la presente causa en este Tribunal de Ejecución, en virtud de haber quedado firme el fallo dictado en contra del penado ADALBERTO MARTINEZ ZERPA, natural de Colombia, de 47 de edad, titular de la cédula de identidad E-81.846.903, soltero, obrero, hijo de Víctor Martínez y de Dormelina Zerpa, residenciado en el Moralito, por la calle de la Antena de CANTV, casa sin número Municipio Colon, Estado Zulia, actualmente recluido en la Cárcel Nacional de Maracaibo, y quien fue condenado a cumplir la pena de VEINTE (20) AÑOS DE PRESIDIO mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, cometido en perjuicio de la ciudadana MARIA CONCEPCION RUJANO. En consecuencia, este Tribunal de Ejecución de conformidad con lo establecido en el Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, Declara en Estado de Ejecución la sentencia dictada en la presente Causa, y pasa a ejecutar la pena impuesta de conformidad con el Artículo 482 Ejusdem, procediendo a realizar el Cómputo Legal de la Pena impuesta.
Así tenemos: Consta en actas que el penado ADALBERTO MARTINEZ ZERPA, fue detenido en fecha 26-10-01 por lo que hasta el día de hoy: 22-11-2005, fecha en que se practica el presente cómputo, lleva detenido: CUATRO (04) AÑOS Y VEINTISEIS (26) DIAS, faltándole por cumplir: QUINCE (15) AÑOS, ONCE (11) MESES Y CUATRO (04) DIAS. En consecuencia, cumplirá la Pena Principal el día: 26-10-2021. Asimismo, cumplirá una cuarta parte de la pena en fecha 26-10-2006.- Una tercera parte de la pena en fecha 26-16-2008 la Mitad (1/2) de la pena el día: 26-10-2011 las Dos Terceras (2/3 partes el día: 26-02-2015 las Tres Cuartas (3/4) partes el día: 26-10-2016, y estará Sujeto a la Vigilancia de la Autoridad por (1/4) parte del tiempo de la condena, desde que esta termine, hasta el día: 26-10-2026. Este Tribunal de Ejecución establece como lugar de reclusión, La Cárcel Nacional de Maracaibo, donde el penado ADALBERTO MARTINEZ ZERPA, cumplirá la pena impuesta. Así se declara.
DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA ejecutado el fallo dictado por el Tribunal 8° de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia y DECRETA el Cómputo de la Pena a cumplir por el penado ADALBERTO MARTINEZ ZERPA, Regístrese, Notifíquese remítanse las copias de ley anexadas a oficios.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN,
DRA. ISABEL ARAUJO COBARRUBIA
EL SECRETARIO
ABOG. ERNESTO ROJAS H.
En la misma fecha, se registró la anterior Decisión bajo el No. 786-05 en el Libro de Registro de Resoluciones, llevado por este Tribunal en el presente mes y año, Se libraron oficios bajo los Nos 6035, 6036, 6050-05, y se enviaron las correspondientes Boletas de Notificaciones con oficio Nro. 6051-05.
EL SECRETARIO
IAC/isabel g.
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