REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO DECIMO DE CONTROL
ACTA PRESENTACION DE IMPUTADO
DECISIÓN N° 1.955-05.- CAUSA N° 10C-1480-05.
En el día de hoy, Quince (15) de Noviembre de dos mil cinco (2005), siendo las cinco y treinta de la tarde (5:30am), recibe este Juzgado Décimo en funciones de Control de éste Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, por distribución del Departamento de Alguacilazgo de éste mismo Circuito Judicial, Escrito de Presentación de Imputado, presentado por la Abog. HUGO GREGORIO LA ROSA, Fiscal Auxiliar Décimo Séptimo del Ministerio Publico, poniendo a disposición de este Tribunal al Imputado JACKSON JOSE NIETO, quien fue aprehendido el día 14-11-05, a las 11:15 horas de la noche, según acta policial que corre inserta al folio dos (2) suscrita por los oficial 2do. ANTONIO MORENO, Credencial 1636 y de la Policía Regional del Estado Zulia, Departamento Luís Hurtado Higuera y Manuel Dagnino, quién encontrándose de servicio en compañía del Oficial 2do. LARRY MARTINEZ Credencial 1575, realizando un operativo, desplazándose por la calle 111 con avenida 60 del Barrio Integración Comunal, observaron un vehiculo marca chevrolet, Caprice, color gris plomo, techo vino tinto, tipo sedan, placas VAE-789, cuyo conductor al notar la presencia opto por reducir la velocidad, bajar rápidamente y huir en veloz carrera sin lograr su captura, continuando el vehículo en marcha, colisionando con una casa situada frente a la casa No. 111B-11, observando en el interior un segundo ocupante, practicaron la inspección el ciudadano y del automotor, no encontrando ningún objeto de interés criminalistico, solicitaron información de las placas a la Central, informando la Central que se encontraba sin novedad, impuesto de los hechos y de sus derechos constitucionales , trasladando al ciudadano con el vehículo a la sede del Departamento Luís Hurtado Higuera y Manuel Dagnino, donde quedó identificado como JACKSON JOSE NIETO; presente en la sala de este despacho previo traslado del Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, dijo ser y llamarse como queda escrito: JACKSON JOSE NIETO, Venezolano, natural de Santa Bárbara, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.723.674, de 23 años de edad, casado, de profesión u oficio estudiante y trabaja en su casa en cyber, residenciada en Barrio San Pedro, Circunvalación No. 2, Calle 108, con avenida 53, Casa No. 52-60, diagonal al Torno, Municipio Maracaibo del Estado Zulia. De igual manera corre inserta en actas al folio (3) Acta de Notificación de Derechos, solicitando el representante fiscal Libertad Inmediata, en virtud de no existir delito alguno.
Analizadas las actas presentadas por la Representación Fiscal, este JUZGADO DECIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera ajustado a derecho DECRETAR LA LIBERTAD INMEDIATA del prenombrado ciudadano JACKSON JOSE NIETO, declarando así con lugar la solicitud fiscal, sin menoscabo de continuar con la investigación correspondiente y determinar la responsabilidad si la hubiere del imputado, instando a la representación fiscal a la practica de las diligencias correspondientes. En consecuencia, se ordena oficiar lo pertinente al Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, ordenando la inmediata libertad del referido ciudadano, por cuanto le han sido vulnerados sus Derechos y Garantazas Constitucionales, prevista en los Artículos 44 y 49 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, sin perjuicio de las acciones o medidas que pudieran ejercerse a solicitarle en contra del mismo, una vez practicada la investigación correspondiente.
Se deja constancia que se dio fiel cumplimiento a las formalidades de Ley. Asimismo, se deja constancia que con la lectura de la presente acta quedan notificadas las partes presentes en este acto. Culminó el presente acto siendo las cinco y treinta horas de la tarde. Se registró la presente Decisión con el N° 1.955-05 y se ofició bajo el N° 3.457-05-. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ DECIMO DE CONTROL,
FREDDY HUERTA RODRÍGUEZ
EL IMPUTADO,
JACKSON JOSE NIETO
EL SECRETARIO,
ABOG. JESUS MARQUEZ RONDON
En la misma fecha se registró la presente Decisión bajo el N° 1.955-05 y se ofició bajo el N° 3.457-05-.
EL SECRETARIO,
CAUSA N° 10C-1480-05.-
vm