En el día de hoy, Dieciséis (16) de Noviembre de 2005, siendo la hora y día fijado por ese Juzgado Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, para llevar efecto AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, de conformidad con el artículo 327 del Código Orgánico Procesal Penal, con motivo de la Acusación interpuesta por el Fiscal 10ª del Ministerio Público, Abg. DOUGLAS ENRIQUE VALLADARES FERNANDEZ, en contra del imputado ARIALDO DE JESÚS MONTIEL MARTINEZ, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN y PORTE ILICITO DE ARMA, previstos y sancionados en los Artículos 458 y 277 del Código Penal respectivamente, cometido en perjuicio de la ciudadana MARIA FELICIA RIVAS GARCIA, se constituyó el Tribunal con la DRA. RÚBIS GOMEZ VIVAS GOMEZ VIVAS, en su carácter de Juez de este Tribunal, la Abogada INGRID GERALDINO, como Secretaria de este Despacho, encontrándose presente el Fiscal 10ª del Ministerio Público, Abg. DOUGLAS VALLADARES, el imputado ARIALDO DE JESÚS MONTIEL MARTINEZ, previo traslado del Centro de Arrestos y Detenciones El Marite y su defensor Privado ABG. ALFONSO BALLESTAS LOAIZA, observándose la incomparecencia de la victima de autos ciudadana MARIA FELICIA RIVAS GARCIA. Seguidamente toma la palabra la defensa del imputado, quien expone: “Esta defensa considera necesaria la presencia de la victima del presente caso en este acto, es toro”. Seguidamente toma la palabra el representante del Ministerio Público quién expuso: “Consigno en este acto la dirección de la victima ciudadana MARIA FELICIA RIVAS, la cual es la siguiente: Calle 83A, con avenida 23, Sector Primero de mayo, diagonal a la Lotería del Zulia en esta ciudad, a los fines de que sea notificada y comparezca, es todo”. Ahora bien por cuanto se evidencia de las actas que la victima no fue notificada en razón de que la fiscalia del Ministerio Publico no aportara la dirección de la misma y no gestionara la comparecencia para el dia de hoy, y siendo que es un derecho de la victima el ser convocada a la Audiencia preliminar, este Tribunal acuerda diferir el presente acto y fijarlo nuevamente para el día MARTES (29) DE NOVIEMBRE DOS MIL CINCO, A LAS ONCE DE DE LA MAÑANA, y citar a la victima ciudadana Maria Rivas a la direccion aportada en este mismo acto por el representante fiscal. Quedando notificadas las partes asistentes, a los fines de su comparecencia ante este Despacho en la fecha y hora antes indicado. Asimismo se ordena oficiar al Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas “El Marite” a los fines del Traslado del acusado de autos. Quedan notificadas las partes asistentes a este acto. Término, se leyó y conformes firman.