REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
SALA DE JUICIO. EXTENSION CABIMAS
JUEZ UNIPERSONAL No.01.
Cabimas, 02 de noviembre de 2005
195° y 146º
Vista la diligencia que antecede de fecha 18/10/05, suscrita por la abogada en ejercicio NEILA MARTINEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 51.621, apoderada judicial de la ciudadana DORIS MARGARITA PEREIRA REYES, esta Juez Unipersonal N.01, no se pronuncia sobre la comisión de citación solicitada por cuanto la misma fue proveída mediante auto de entrada de fecha 11/08/05. asimismo, decreta medida de embargo sobre: PRIMERO: UN VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del SUELDO O SALARIO y UTILIDADES, que le puedan corresponder al demandado ciudadano JOSE LUIS JAIME MAYMA, titular de la cédula de identidad No. E-82.149.248, como trabajador al servicio de la empresa SERVICIOS HALLIBURTON DE VENEZUELA S.A; las cantidades a retener por dichos conceptos deberán ser entregadas directamente por ante la oficina administrativa de esa empresa a la demandante ciudadana DORIS MARGARITA PEREIRA REYES, titular de la cédula de identidad No. V-13.209.680. SEGUNDO: Así mismo se modifica la medida de embargo decretada en fecha 11/08/05, sobre las PRESTACIONES SOCIALES, CAJA DE AHORROS, FIDEICOMISO E INTERESES, en consecuencia se reduce del porcentaje del CIEN POR CIENTO (100%), al CINCUENTA POR CIENTO (50%). las cantidades a retener por dichos conceptos deberán ser remitidas a este Tribunal en cheque de gerencia a nombre del mismo. Para la ejecución de las medidas se ordena comisionar al JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, MIRANDA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ Y BARALT DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. LIBRESE DESPACHO DE COMISIÓN Y OFICIO.
LA JUEZ UNIPERSONAL N.01 TEMPORAL
ABOG. MARIA MONICA DELGADO CARRULLO
LA SECRETARIA SUPLENTE
ABOG. YURAIMA LUZARDO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libró despacho y comisión bajo el No. 2006-05, y se anotó en la carpeta de Medidas bajo el No.1549-05.
LA SECRETARIA SUPLENTE
EXP: 1U-5326-05
MMDC/mctj
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