En horas de despacho del día de hoy JUEVES 10 DE NOVIEMBRE DE 2005, siendo LAS TRES DE LA TARDE (3:00 P.M.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del estado Zulia, para llevar a efecto la medida de embargo decretada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia con sede en Cabimas, relacionada con el Juicio que por ALIMENTOS sigue DILIA COROMOTO GARCIA DE OLIVARES contra el Ciudadano ALEXANDER JOSE OLIVARES SUAREZ y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto medida de EMBARGO decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la sede de P.D.V.S.A. Edificio Miranda, se procedió a notificar a KAROLINA VILLALOBOS, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.060.065, con el carácter de ABOGADA y a quién se impuso de la medida de embargo decretada por el tribunal de la causa contra el ciudadano ALEXANDER JOSE OLIVARES SUAREZ, titular de la Cédula de Identidad Número V-12.861.833 y quién expuso: “Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: Determinar si el Ciudadano ALEXANDER JOSE OLIVARES SUAREZ, parte demandada es trabajador al servicio de P.D.V.S.A PETROLEO, S.A.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: Determinar sobre alguna acreencia a favor de P.D.V.S.A.- CUARTO: determinar si le han sido adelantadas prestaciones sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualesquiera otra situación que derive en relación a lo antes expuesto”. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADAS PREVENTIVAMENTE: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) DEL SUELDO O SALARIO INTEGRAL que le pueda corresponder al ciudadano ALEXANDER JOSE OLIVARES SUAREZ, titular de la cedula de identidad numero 12.861.833, como trabajador al servicio de P.D.V.S.A. PETROLEOA, S.A.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) DE LAS UTILIDADES que le puedan corresponder al demandado para el presente año Y ASI SE CONFIRMA.- Que las cantidades de dinero embargadas deberán ser remitidas en Cheque de Gerencia al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia con sede en Cabimas. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ: EL NOTIFICADO:
ABOG. GUILLERMO INFANTE
LA SECRETARIA
|