REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ

En horas de Despacho del día de hoy, 25 de Noviembre del año dos mil cinco, siendo las 11:20 a.m., de conformidad con lo acordado, se traslado y constituyó éste JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el SALON DE BELLEZA “ERIKA Y ESTILO” , ubicada en el Centro Comercial GALERIAS MALL, jurisdicción del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL No. 2, con motivo del juicio que por RECLAMACION ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana: LENNIS CAMACARO MENDOZA, titular de la cédula de identidad No. V-12.211.664, en contra del ciudadano: WILMER GUTIERREZ MOLINA, titular de la cédula de identidad NO. V-7.717.607, a favor de la adolescente: LAURA, y las niñas: BRENDA Y RASHEL GUTIERREZ CAMACARO. - Presente el (la) ciudadano (a): EGLEE VILLEGAS LUCENA, titular de la cédula de identidad No. V-11.285.813, quién se identifico con el carácter de: ENGARGADO.-El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa, a fin de asegurar el cumplimiento de la Pensión Alimentaría, tal como lo dispone los artículos 381, 512 y 521 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se ordenó RETENER al ciudadano: WILMER GUTIERREZ MOLINA, titular de la cédula de identidad No V-7.717.607, sobre: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) mensual del sueldo que percibe el ciudadano: WILMER GUTIERREZ MOLINA , antes identificado, como PELUQUERO, en el Salón de Belleza “ERIKA y ESTILO”; B) El TREINTA POR CIENTO (30%) anual de las utilidades o remuneración especial de fin de año que le correspondan al demandado para satisfacer las necesidades materiales y espirituales en la época de navidad, C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) anual de las vacaciones y del Bono vacacional, que le pueda corresponder al demandado de autos, D) En el caso de que el ciudadano demandado goce de los beneficios de primas por hijos, útiles escolares y juguetes retener el CIEN POR CIENTO (100%) de tales conceptos que les puedan corresponder al adolescente de autos; E) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de las Prestaciones Sociales, ahorro y cualquier otra cantidad que le pueda corresponder el reclamado de autos en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que dé por terminada la relación laboral .- SEGUIDAMENTE ESTE TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dándole cumplimiento a lo decretado por el Juzgado de la causa ordena RETENER, sobre Los conceptos establecidas en los literales; “A”, “B”,” C”, “D” y “E”, y decretado por el Juzgado de la causa. De inmediato este Tribunal le informa al notificado que las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales A, B, C y D, deberán ser entregados directamente a la reclamante de autos, ciudadana: LENNIS CAMACARO MENDOZA, titular de la cédula de identidad No V-12.211.664.- Igualmente se le hace saber al notificado que a partir de la presente fecha comenzaran las retenciones a que se refiere la presente medida .- El Notificado Expuso: “A reserva de verificar si dicha demandado es o no trabajador del SALON DE BELLESA “ERIKA Y ESTILO” , si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos. Me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente acta”.- En este estado el tribunal ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada y deja constancia que no ha recibido pago alguno en el cumplimiento de sus servicios, todo de conformidad con los Artículos 254 y el primer aparte de l artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así lo hacen constar las partes, intervinientes y firmantes de la presente acta.- Es todo.- Terminó se leyó y conforme firman, concluyó el acto, siendo 11:35 A.M.-
LA JUEZ TEMPORAL
ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO


EL (LA) NOTIFICADO (A),


LA SECRETARIA TEMPORAL,


YULY MALPICA FRANCO


DAV/gonzález b.-
Comis. No. 2946-2005
Exped. No 06640