REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ

En horas de Despacho del día de hoy, 17 de Noviembre del año dos mil cinco, siendo las 2:35 P.M., día hora previamente acordado , se traslado y constituyó éste JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en las oficinas del Hospital Adolfo Pons, ubicada en la avenida Fuerzas Armadas, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida de Embargo Preventivo, decretada por el JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL Nro.01, con motivo del juicio que por RECLAMACIÓN ALIMENTARÍA, seguido por: GLAIDEN CHIQUINQUIRA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad No.V-15.766.472, contra: YOHANDER ENRIQUE GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.464.536.- Presente el (la) ciudadano (a):ARMANDO JOSE PEREZ MARIÑO, titular de la cédula de identidad Nro.V-12.399.374, quién se identifico con el carácter de:SUB DIRECTOR RECURSOS HUMANOS.-El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa decretó, EMBARGAR PREVENTIVAMENTE, al ciudadano: YOHANDER ENRIQUE GONZALEZ, titular de la cédula de identidad No.V-15.464.536: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo , que devenga el reclamado de autos, como Camarero en el HOSPITAL ADOLFO PONS, B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de lo que devengue el reclamado sobre las Utilidades o Bonificaciones Especiales de fin de año , C) En el caso de que el ciudadano demandado goce de los beneficios de primas por hijos , útiles escolares y juguetes retener el CIEN POR CIENTO (100%) de tales conceptos que le pueda corresponder a la niña de autos, D) EL TREINTA POR CIENTO (30%) sobre las Prestaciones Sociales y Fideicomiso, o cualquier otra cantidad que le pueda corresponder en caso de retiro voluntario, despido o cualquier otra situación que de por terminada su relación laboral.- Seguidamente este JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Dándole cumplimiento a lo decretado por el Tribunal de la causa, Declara EMBARGADO PREVENTIVAMENTE los conceptos antes establecidos en los literales A, B, C, Y D, asimismo se le hace saber al Notificado que las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales A; B; y C; , deberán ser entregados directamente a la reclamante de autos, ciudadana: GLAIDEN CHIQUINQUIRA GONZALEZ , titular de la cédula de identidad Nro.15.766.472 o remitirlas al Tribunal de la causa, y las retenidas en el literal D, deberán ser remitidas mediante cheque de gerencia a la orden del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL Nro.01 ubicado en la avenida 4 Bella Vista, frente a la Iglesia Corazón de Jesús, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia. Igualmente se le hace saber al notificado que a partir de la presente fecha comenzaran las retenciones a que se refiere la presente medida.- El Notificado Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no Empleado al servicio del HOSPITAL ADOLFO PONS, y si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos. Me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente acta”.- En este estado el tribunal ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada y deja constancia que en la presente ejecución se le da cumplimiento a lo pautado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su Artículo 26 en su primer aparte, en concordancia con el Artículo 254 Ejusdem en lo atinente a que el Poder Judicial no esta facultado para establecer tasas, aranceles, no exigir pago alguno por su servicio y así dan fe y lo hace constar las partes, los interviniente y firmantes de la presente acta,.- Es todo.- Terminó se leyó y conforme firman, concluyó el acto, siendo 2:45 P.M. .-
LA JUEZ TEMPORAL,
ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO
EL (LA) NOTIFICADO (A),
LA SECRETARIA TEMPORAL,
YULY MALPICA FRANCO
ZC/gonzález b.
Comis. No. 2935-2005
Exped. No.07510