REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ
En horas de Despacho del día de hoy, once de Noviembre del año dos mil cinco, siendo las tres y veinte minutos de la tarde, día hora previamente acordado , se traslado y constituyó éste JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en las oficinas de la Procuraduría del Estado Zulia, ubicada en el Edificio Don Diego, tercer piso, calle Obispo Lazo, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida de Embargo Preventivo, decretada por el JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL Nro.04, con motivo del juicio que por RECLAMACIÓN ALIMENTARÍA, seguido por: SONIA DEL CARMEN FINOL LOAIZA, titular de la cédula de identidad No.V-11.297.394, contra: ANGEL ALBERTO NEGRON, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.693.609.- Presente el (la) ciudadano (a):JANETH GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nro.V¬¬¬¬-5.169.740, quién se identifico con el carácter de: DIRECTORA LEGAL.-El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa decretó, EMBARGAR PREVENTIVAMENTE, al ciudadano: ANGEL ALBERTO NEGRON ARIAS, titular de la cédula de identidad No.V-10.430.530: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo o salario, que devenga el reclamado de autos, como Asistente Jurídico al servicio del Sistema Regional de salud, B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de los Aguinaldos o bonificación de fin de año que le correspondan al demandado de auto en el presente año con la finalidad de satisfacer las necesidades espirituales y materiales de la niña de autos, C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del Bono vacacional que le pueda corresponder al demandado de auto, D) En el caso de que el ciudadano demandado goce de los beneficios de primas por hijos y útiles escolares, retener el CIEN POR CIENTO (100%) de tales conceptos que le pueda corresponder a la niña de autos, E) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del beneficio de la Cesta Ticket, que le pueda corresponder al demandado de autos. F) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de las Prestaciones Sociales, fideicomiso o cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al obligado en caso de retiro voluntario o pro cualquier causa que de por terminada la relación laboral.- Seguidamente este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Dándole cumplimiento a lo decretado por el Tribunal de la causa, Declara EMBARGADO PREVENTIVAMENTE los conceptos antes establecidos en los literales A, B, C, D, E y F, asimismo se le hace saber al Notificado que las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales A; B; C; D y E; , deberán ser entregados directamente a la reclamante de autos, ciudadana: SONIA DEL CARMEN FINOL LOAIZA, titular de la cédula de identidad Nro.11.297.394 o remitirlas al Tribunal de la causa, y las retenidas en el literal F, deberán ser remitidas mediante cheque de gerencia a la orden del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL Nro.04 ubicado en la avenida 4 Bella Vista, frente a la Iglesia Corazón de Jesús, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia. Igualmente se le hace saber al notificado que a partir de la presente fecha comenzaran las retenciones a que se refiere la presente medida.- El Notificado Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no Empleado al servicio del Sistema Regional de Salud, y si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos. Me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente acta”.- En este estado el tribunal ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada y deja constancia que en la presente ejecución se le da cumplimiento a lo pautado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su Artículo 26 en su primer aparte, en concordancia con el Artículo 254 Ejusdem en lo atinente a que el Poder Judicial no esta facultado para establecer tasas, aranceles, no exigir pago alguno por su servicio y así dan fe y lo hace constar las partes, los interviniente y firmantes de la presente acta,.- Es todo.- Terminó se leyó y conforme firman, concluyó el acto, siendo 3:40 p.m. .-
LA JUEZ TEMPORAL,
ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO
EL (LA) NOTIFICADO (A),
LA SECRETARIA TEMPORAL,
YULY MALPICA FRANCO
ZC/gonzález b.
Comis. No. 2912-05
Exped. No.06553