REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ



En horas de Despacho del día de hoy, 10 de Noviembre del año dos mil cinco, siendo las 2:15 p.m., de conformidad con lo acordado, se traslado y constituyó éste JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en las Oficinas de la Contratista MOALCA, ubicada en la calle 79, No. 17-89, sector Delicias, al lado del Restaurante Las Torres, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de practicar medida de Embargo Preventivo, comisionada por el JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL Nro.1, con motivo del juicio de Reclamación Alimentaría, seguido por: MILAGROS SOLARTE MORREALES, titular de la cédula de identidad No.V-13.563.006, contra: JUAN CARLOS GOMEZ PALMAR, titular de la cédula de identidad No.V-11.864.883, a favor del niño MELANY CAROLINA GOMEZ SOLARTE.- Una vez constituido este Tribunal, en la mencionada Empresa procedió a notificar del traslado y constitución del mismo, al ciudadano(a):ALFREDO ACOSTA, titular de la cédula de identidad No.V-¬¬¬9.732.185, ,quién se identifico con el carácter de: JEFE DE RECURSOS HUMANOS, de inmediato este Tribunal procede hacer de su conocimiento que por disposición del Tribunal comitente DECRETÓ: MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, al ciudadano: JUAN CARLOS GOMEZ PALMAR, titular de la cédula de identidad Nos. V-11.864.883, sobre: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del sueldo, que le correspondan al ciudadano JUAN CARLOS GOMEZ PALMAR, titular de la cédula de identidad No.V-11.864.883, quién presta su servicio a la Empresa MOALCA, B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre las utilidades o Bonificación Especiales, C) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre el Bono Vacacional, D) En caso de que el ciudadano demandado goce de los beneficios de primas por hijos, útiles escolares y juguetes retener EL CIEN POR CIENTO (100%) de tales conceptos , E) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de las prestaciones sociales, Fideicomiso, y Caja de Ahorros o cualquier otra cantidad que pueda corresponderle al obligado en caso de Retiro, Jubilación Muerte Meritocracia o por haber terminado su relación laboral.- Seguidamente este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, Los conceptos establecidos en los literales “A”, “B” “C”, “D” y “E” , asimismo se le informa al notificado que las cantidades Embargadas Preventivamente, en el literal A, B, C, y D, deberán ser entregadas a la demandante ciudadana: MILAGROS SOLARTE MORREALES, titular de la cédula de identidad No.V-13.563.006, o remitidas al Tribunal de la causa en cheque de Gerencia y la establecida en el literal “E”, deberán ser remitidos mediante Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL Nro.01, ubicado en la avenida 4 Bella Vista, Edificio Arauca, frente a la Iglesia Corazón de Jesús, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, y las es- Asimismo se servirá informar al Juzgado de la causa sobre el sueldo básico, bono vacacional, primas por hijos o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el reclamado de autos e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre el sueldo del referido demandado.- Que debe impartir ordenes para el cumplimiento de la anterior medida, la cual tiene carácter privilegiado sobre cualquier otra medida dado la naturaleza de la Materia. El Notificado Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no empleado de esta empresa y si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos. Me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente acta”.- Seguidamente este Tribunal ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada, y deja constancia que en la presente ejecución se le da cumplimiento a lo pautado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su Artículo 26, en concordancia con el Artículo 254 Ejusdem en lo atinente a que el Judicial no esta facultado para establecer tasas, aranceles, no exigir pago alguno por su servicios, y así dan fe y lo hace constar las partes, los intervinientes y firmantes de la presente acta, que este Tribunal no ha recibido dadiva ni pago alguno, ni por este, ni por otro conceptos en la presente ejecución.- Es todo.- Terminó se leyó y conformen firman.- Concluyó el acto siendo las 2:30 a.m..-

LA JUEZ TEMPORAL,


ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO
EL (la) NOTIFICADO (a),



LA SECRETARIA TEMPORAL.


YULY MALPICA FRANCO


DAV/González b.-
Comis. No. 2927-2005
Exped. No. 07429