En el día de hoy cuatro de Noviembre de Dos Mil Cinco (2005), siendo las 11:20 AM, de conformidad con lo acordado y a pedimento de parte, se trasladó y constituyó éste JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en un inmueble conformado por una casa de habitación, signada con el No.89ª-04, ubicada en la Calle 89A, esquina con avenida 3, Parroquia Santa Lucia, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio señalado por la apoderada judicial de la parte actora abogada Minerva Acurero, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 67.709, a objeto de llevar a efecto la ejecución de la medida decretada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo de la QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO seguida por el ciudadano LUIS MARIA TIGRERA MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 1.640.946, domiciliado en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra de los ciudadanos DIANA PARRA Y FULGENIO CASTILLO. Una vez constituído el Tribunal en la dirección ya indicada, procede a notificar de su misión al (la) ciudadano (a): Luís Maria Tigrera, titular de la cedula de identidad No: 1.640.946, quien se identificó como: Parte Demandante en el juicio. En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora abogada Minerva Acurero, ya identificada, expuso: “Solicito a este Tribunal ejecute la presente medida, amparando provisionalmente e la posesión al ciudadano LUIS MARIA TIGRERA MENDEZ, antes identificado, sobre el inmueble donde nos encontramos constituidos, identificado en el despacho de comisión”. Acto seguido el Tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dándole cumplimiento a la presente comisión procede a AMPARAR PROVISIONALMENTE EN LA POSESION, al ciudadano LUIS MARIA TIGRERA MENDEZ, antes identificado, sobre un inmueble conformado por una casa de habitación, signada con el No.89ª-04, ubicada en la Calle 89A, esquina con avenida 3, Parroquia Santa Lucia, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, construida sobre un terreno ejido que mide TREINTA METROS (30 MTS) de largo por SIETE METROS CON CUAENTA CENTIMETROS (7,40 MTS) de ancho, y cuyos linderos son: NORTE: Con calle 89A; SUR: Con casa que es o fue de MINERVA SANCHEZ DE CAMEJO; ESTE: Con avenida 3; y OESTE: Con casa que es o fue de OLGA COLINA DE MUÑOZ. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la (las): 11:30 AM, del día de hoy.
LA JUEZ
DRA. MARTHA ELENA QUIVERA
EL (LA) NOTIFICADO (A)
LA APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA
EL SECRETARIO
ABOG. JOSE SOTO ASPRINO
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