En el día de hoy veintiocho (28) de noviembre del año dos mil cinco (2005), siendo las cinco y cincuenta y siete minutos de la tarde (5:57 PM), de conformidad con lo acordado, a pedimento de parte y con la habilitación del tiempo que fuere necesario, se trasladó y constituyó éste JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el estacionamiento de la sede de los Tribunales de Bella Vista, ubicados en el Edificio Arauca, avenida 4 (Bella Vista) entre calles 68 y 69, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio donde fue trasladado el vehiculo objeto de la presente medida por funcionarios de la Policía Regional del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida de embargo preventivo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO, JUEZUNIPERSONAL No. 04, con motivo del juicio que por DIVORCIO ORDINARIO sigue la ciudadana MARYORI DIAZ CALDERON, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 17.834.212, en contra del ciudadano EUGENIO SEGUNDO PEÑA VERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 15.887.189. Acto seguido el Tribunal procede a designar como Perito Avaluador al ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 3.510.222, con Domicilio en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, quien estando presente aceptó el cargo y fue juramentado de la manera siguiente: Jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona; y contestó: “Lo Juro”. Seguidamente el Tribunal procede a designar como Depositaria Judicial a la Depositaria Judicial Santa María C.A. (DEPOSACA), representada en este acto por el ciudadano Alberto Navarro, antes identificado, quién expuso:” Acepto el cargo recaído en mi representada, procediendo el Tribunal a Juramentarlo de la manera siguiente: en nombre de su representada: Jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en la misma? Y contestó:”Lo Juro”. Acto seguido el Tribunal con el asesoramiento del perito designado procede a identificar el vehiculo objeto de la presente medida: Tratase de un vehiculo con las siguientes características: MARCA CHEVROLET, MODELO CORSA, PLACAS GAG-76E, AÑO 1996, COLOR AZUL METALIZADO, CLASE AUTOMOVIL, SERIAL DE CARROCERIA No. 8Z1SC5168TV317151, SERIAL DE MOTOR No. 8TV317151, TIPO SEDAN, USO PARTICULAR. Dicho vehiculo presenta latonería y pintura en regulares condiciones, cuatro (04) cauchos en uso regulares condiciones, posee rines de lujo, babero frontal partido, posee retrovisores a ambos lados, aire acondicionado en funcionamiento, no posee la carita del frontal de equipo de sonido, sistemas de luces en funcionamiento, tapicería de tela en regulares condiciones, avaluado en la cantidad OCHO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 8.000.000, 00). Acto seguido este Tribunal Ejecutor en cumplimiento de la presente comisión en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara formalmente EMBARGADO PREVENTIVAMENTE el vehiculo anteriormente identificado, declarando consumada la desposesion jurídica del ejecutado, avaluado en la cantidad de OCHO MILLONES DE BLIVARES (Bs. 8.000.000, 00), haciendo formal entrega del mismo a la Depositaria Judicial Santa Maria C.A. (DEPOSACA); representada en este acto por el ciudadano Alberto Navarro, ya identificado, quien lo recibe en este acto. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las seis y cuarenta de la tarde (6:40 PM) del día de hoy.
LA JUEZ

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA



EL PERITO Y REPRESENTANTE
DE LA DEPOSITARIA


EL SECRETARIO


ABOG. JOSE SOTO ASPRINO