REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDA Nº 3868

En el día de hoy tres ( 03 ) de Noviembre de 2.005, siendo las doce de la tarde, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa SIZUCA, ubicada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida de Embargo Preventivo, decretada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en el Juicio de ALIMENTOS, seguido por la ciudadana, YESENIA MARIA MENDEZ DE SANCHEZ, titular de la cedula de identidad Nº 13.130.308, en contra del ciudadano DREYER JOSE SANCHEZ UZCATEGUI, titular de la cedula de identidad Nº V-13.131.766. Seguidamente el tribunal procede a notificar del motivo de su traslado y constitución en el lugar al o la ciudadano(a) Carolina Zabala, titular de la cédula de identidad N°10.207.619, en su condición de Asistente de relaciones Industriales. En este estado, presente la ciudadana YESENIA MARIA MENDEZ DE SANCHEZ, titular de la cedula de identidad Nº 13.130.308., asistida en este acto por el abogado en ejercicio HIRMA ZAMBRANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 24.647, expuso: Solicito al tribunal se sirva ejecutar la medida de Embargo Preventivo decretada por el juzgado de la causa.