REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

En su nombre
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
SALA DE JUICIO UNICA – JUEZ UNIPERSONAL Nº 2

La Asunción, 28 de Noviembre de 2.005
Años 195º y 146º


EXPEDIENTE Nº: J2-6.226-05.-

MOTIVO: Divorcio.-


IDENTIFICACION DE LAS PARTES


DEMANDANTE: VICTOR MANUEL TORRES ARREAZA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.276.014.-

ASISTENCIA JURIDICA: CRUZ YASMINA SALAZAR, Abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 27.846.-

DEMANDADA: FIDELIA ANTONIA NARVAEZ MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.391.713.

Por recibida la presente demanda, se admitió en fecha 02-06-2.005, abriéndose el procedimiento correspondiente, se avoca al conocimiento de la causa en fecha 20-07-2.005 la Abg. Tanya María Picón Guedez, Juez Unipersonal Nº 2 Temporal de esta Sala de Juicio Única, fueron debidamente citados el Representante del Ministerio Público y la parte demandada, realizándose el primer acto conciliatorio en fecha 07-10-2.005 y siendo la oportunidad fijada para el segundo acto conciliatorio (22-11-2.005) no compareció la parte demandante, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial, de lo cual el Tribunal dejó constancia en autos, quien solicitó la extinción del mismo, de lo cual se dejo constancia en autos, de conformidad con el Artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, el cual impone al demandante la obligación de comparecer al acto conciliatorio y que la no comparecencia a este acto será causa de extinción del proceso. En tal virtud, esta Sala de Juicio Única del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en la persona de la Juez Unipersonal Nº 2 Temporal, DECLARA EXTINGUIDO EL PROCESO, en consecuencia, se acuerda el cierre definitivo de la presente causa y su remisión al Archivo Regional. ASI SE DECIDE.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio Única del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, con sede en La Asunción, a los veintiocho (28) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Cinco (2.005). Años 195º de la Independencia y 146º de la Federación.
Juez Unipersonal Nº 2 (T)

Abg. Tanya María Picón Guedez La Secretaria


Abg. Luisana Marcano V.

En la misma fecha, se publicó la presente Sentencia y se dio cumplimiento a lo ordenado en ella.-

La Secretaria


Abg. Luisana Marcano V.






TMPG/mgm.-
Exp. J2-6.226-05.-
Divorcio-Extinción del Proceso.-