REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL


Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

Maracaibo, veinticuatro de noviembre de dos mil cinco

195º y 146º


ASUNTO: VP01-S-2005-000661


Recibido como ha sido acuerdo transaccional para su homologación; presentado en esta misma fecha, por una parte por la Abogado Guillermo Reina, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de PANADERÍA ANANGELlS, y por la otra la ciudadana Yaquenia Coromoto Paz Sierra, la cual fue instruida por la ciudadana Juez de este Tribunal y verificado como ha sido por la misma, que el pago no se realizó mediante cheque Nº 2898932, el cual fue presentado con la presente solicitud y riela en el folio ocho (08) de la misma; el mismo se realizó mediante cheque de gerencia signado bajo el Nº 2898940, girado contra el Banco Occidental de Descuento a favor de la ciudadana Yaquenia Coromoto Paz Sierra, por la cantidad de TRES MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA MIL BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (BS. 3.980.000,00), según consta en copia simple del mismo y se ordena agregar en este mismo acto, constante de un (01) folio útil; y verificado igualmente el contenido del Acta Transaccional redactada, presentada y suscrita por las partes del presente Asunto, este Tribunal, como quiera que la misma reúne los requisitos establecidos en la Ley y que no vulnera derechos irrenunciables del trabajador la HOMOLOGA, impartiéndole su aprobación, pasándola en autoridad de Cosa juzgada. Se declara terminado este Asunto y se ordena el archivo definitivo del expediente.



La Juez



Abog. Judith del Carmen Castro


La Secretaria,



Abog. María de los Ángeles Bohórquez