Visto el Informe Tecnico N0 158 de fecha 12-05-05, emanado de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Zulia, en el cual dan un pronostico DESFAVORABLE al penado NELSON MARTINEZ ROJANO, considerandolo no Apto para el beneficio de Regimen Abierto, este Juzgado a los fines de resolver observa:

Del estudio y analisis de las actas que integran la presente causa, se observa que DESFAVORBLE, considerando al penado NELSON MARTINEZ ROJANO, no APTO para otorgarle el beneficio de REGIMEN ABIERTO, en razon de los siguientes elementos:
- Escasa reflexion critica.
- Actitud hostil.
- Flexible ante la norma social.
- No cuenta con apoyo familiar.
- Poco control sobre su conducta.
CONCLUSION:
Se considera caso NO APTO para la medida solicitada.
Por lo antes expuestos esta Juzgadora NIEGA al penado NELSON MARTINEZ ROJANO, EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO. YASI SE DECIDE.-

Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO SEPTIMO DE EJCUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley NIEGA EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO al penado NELSON MARTINEZ ROJANO, de nacionalidad Colombiana, titular de la cedula de identidad N° NO PORTA, hijo de Virgilio Martinez y Maria Rojano, residenciado en el Barrio Jesús de Nazareth, entrando por la bomba Caribe, Maracaibo, Estado Zulia. Registrese la presente resolucion, remitase copia certificada de la misma al Director de la Carcel Nacional de Maracaibo. Notifiquese.corre inserto a los folios (343 y 344) Informe Tecnico N° 158, de fecha 12-05-05, suscrito por la Lie. Mistica Azuaje y la Psicologo Elizabeth Persad, delegados de pruebas de la Unidad de Apoyo al Sistema Penitenciario Estado Zulia, mediante el cual dan un pronostico