Visto el Informe Tecnico N° 344 de fecha 28-04-05, emanado de la Unidad Tecnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, el cual da un pronostico DESFAVORABLE al penado BRAULIO ANTONIO LEAL, quien opta al beneficio de Destacamento de Trabajo, este Juzgado a los fines de resolver observa:
Del estudio y analisis de las actas que integran la presente causa, se observa que corre inserto a los folios (705, 706 y 707) Informe Tecnico N° 344 de fecha 28-04- 05, suscrito por la Lie. Mistica Azuaje y la Psicologo Lisbeth Socorro, delegados de pruebas de la Oficina de Tratamiento No Institucional Unidad de Apoyo al Sistema Penitenciario Estado Zulia, correspondiente al mencionado penado. mediante el cual dejan constancia que el penado BRAULIO ANTONIO LEAL, no es APTO para otorgarle dicho beneficio, dando como pronostico el siguiente informe: "..Se emite un pronostico DESFAVORABLE en razon de que no presento oferta de trabajo y habitos inestructurados de trabajo. Inadecuado nivel de autocritica. Planes pocos concretos. Sistema normativo flexible atencion a los siguientes elementos:

CONCLUSIONES: el penado BRAULIO ANTONIO LEAL, NO REUNE los requisitos necesarios para optar por el beneficio de Destacamento de Trabajo.

RECOMENDACIONES:
- Concretar planes de vida
- Consignar oferta laboral
- Reforzar habitos de trabajo
- Involucrar a familia en proceso de orientacion
- Por lo antes expuestos esta Juzgadora NIEGA EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO al mencionado penado. Y ASI SE DECIDE.-
DECISION

Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO SEPTIMO DE EJCUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley NIEGA EL BENEFICIO DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado BRAULIO ANTONIO LEAL, titular de la Cedula de Identidad N° 14.090.728, venezolano, natural de Cabimas, Estado Zulia, hijo de Braulio Leal y Teodora Rivero, residenciado en Cabimas, Nueva Cabimas, Sector San Jose, calle 9, casa N° 4. Registrese la presente decision. Remitase copia certificada de la misma al Director de la Carcel Nacional de Maracaibo, notifiquese.-