Visto que en acta no consta que el penado JOSE ALBERTO QUINTERO MACHADO, estuvo detenido por el delito de PECULADO DOLOSO, previsto y sancionado en el Artículo 59 de la extinta Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público y del principio de extratividad de la Ley Penal previsto en el Articulo 553 Parágrafo 3° del Código Orgánico Procesal Penal, y por cuanto fue condenado por el Juzgado Cuarto de Control a sufrir la pena de DOS (02) MESES DE PRISION, es por lo que este Tribunal pasa a elaborar el cómputo de pena de la siguiente manera: