REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN
194° y 145°
Maracaibo, 04 de Mayo de 2005
RESOLUCIÓN Nº 173-05 CAUSA: 3E-069-02
Visto el contenido de la comunicación s/n de fecha 29-04-2005 suscrita por el penado DANILO ALBERTO QUESADA VALVERDE, pasaporte N° 106540650, mediante el cual solicita a este Juzgado en funciones de Ejecución otorgue el PERMISO DE TRASLADO, para trasladarse a la ciudad de Caracas para tramitar ante el consulado y Embajada de Costa Rica la revalidación de sus documentos personales, desde el 09-05-05 hasta el 13-05-05, este Tribunal para resolver acerca de la solicitud presentada toma las siguientes consideraciones: Por Disposición de este Tribunal Tercero de Ejecución, le concede al referido penado antes mencionado el permiso solicitado únicamente para salir del Centro de Tratamiento Comunitario “Rafael Ochoa Castro” y trasladarse a la ciudad de Caracas para tramitar ante el consulado y Embajada de Costa Rica la revalidación de sus documentos personales, desde el 09-05-05 hasta el 13-05-05.
Se hace del conocimiento del ciudadano Director del Centro de Tratamiento Comunitario “Rafael Ochoa Castro” , que deberá ordenar el Permiso con todas las seguridades que el caso amerita y una vez culminado dicho Permiso de Traslado, deberá notificar a este Tribunal el reingreso del mencionado penado a dicho Centro. ASÍ SE DECIDE.-
LA JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN,
DR. JOSE VICENTE FARIA
EL SECRETARIO,
ABOG. NESTOR CASTELLANO
En la misma fecha se registró la presente Resolución bajo el N° 173-05 y se ofició bajo el N° 1783-05.-
EL SECRETARIO,
JVF/lg
Causa N° 3E-069-02
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