REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA



JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN
194° y 146°
Maracaibo, 31 de Mayo del 2005

RESOLUCIÓN Nº 223-05 CAUSA: 3E-352-00

Visto el contenido de la comunicación S/N de fecha 30-05-2005 suscrita por el penado NORBIS J. JIMÉNEZ, titular de la Cedula de Identidad N° 7.838.738 mediante el cual solicita a este Juzgado en funciones de Ejecución se le otorgue el PERMISO DE TRASLADO , para viajar hacia Ciudad Ojeda a gestionar trabajo en las empresas Z y P, ITCA, ( Inspecciones Técnicas), WESECA, este Tribunal para resolver acerca de la solicitud presentada toma las siguientes consideraciones: Por Disposición de este Tribunal Tercero de Ejecución, le concede al penado NORBIS J. JIMÉNEZ el permiso solicitado únicamente para salir de ese Centro Penitenciario y Viajar hacia Ciudad Ojeda a gestionar trabajo en las empresas Z y P, ITCA, ( Inspecciones Técnicas), WESECA los próximos Cinco (5) días hábiles del mes de Junio del 2005.

Se hace del conocimiento del ciudadano Director del Centro de Tratamiento Comunitario Ochoa Castro, que deberá otorgar el permiso solicitado por el penado NORBIS J. JIMÉNEZ hacia Ciudad Ojeda a los fines de gestionar trabajo y una vez culminado dicho Permiso, deberá notificar a este Tribunal el reingreso del mencionado penado a ese Establecimiento Penitenciario. Ofíciese al ciudadano Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo, notificándole la presente decisión.- ASÍ SE DECIDE.-

EL JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN,

DR. JOSE VICENTE FARIA
EL SECRETARIO,

ABOG. NÉSTOR CASTELLANO
En la misma fecha se registró la presente Resolución bajo el N° 223-05 y se ofició bajo el N° 2129-05.-


EL SECRETARIO