Firme como ha quedado el Fallo dictado por el Juzgado Décimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de fecha 29-04-05, en contra de penado SEGUNDO ANTONIO DABOIN VASQUEZ, este Tribunal de Ejecución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 482, ultimo aparte del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a Ejecutar dicha sentencia y en consecuencia a realizar el siguiente Cómputo Legal de Pena, así tenemos que:

El penado SEGUNDO ANTONIO DABOIN VASQUEZ, fue condenado a cumplir la pena de CUATRO (04) Y SEIS (06) MESES AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 460, en concordancia con los artículos 80 y 82 todos del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano ROLANDO ENRIQUE URDANETA SUAREZ. Ahora bien, consta en actas que el mencionado penado fue detenido el día 19-11-04, según escrito acusatorio interpuesto por el representante fiscal, por lo que este Juzgado de Ejecución pasa a computar el tiempo de detención que cumplió durante el proceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que hasta el día de hoy, 31-05-05, fecha en la cual se realiza el presente cómputo, lleva detenido: SEIS (06) MESES Y DOCE (12) DIAS, faltándole por cumplir: TRES (03) AÑOS, ONCE (11) MESES Y DIECIOCHO (18) DIAS. Cumple la pena principal el día: 17-05-09. Cumplirá una cuarta (1/4) de la pena para optar por el Beneficio de Destacamento de Trabajo el día 03-01-06. Cumplirá una tercera (1/3) parte de la pena para optar por el Beneficio de Régimen Abierto el día 19-05-06. Cumplirá un medio (1/2) de la pena para optar por el Beneficio de Indulto el día 17-02-07. Cumplirá la dos terceras (2/3) partes de la pena para optar por el Beneficio de Libertad Condicional el día 17-11-07. Cumplirá las tres cuartas (3/4) partes de la pena para optar por el Beneficio de Confinamiento el día: 02-04-08, así como la Sujeción a la Vigilancia de la Autoridad por una cuarta (1/4) parte del tiempo de la pena, después de terminada esta, la cumplirá el día 01-07-2010.