REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL






CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO
Maracaibo, 17 de Mayo de 2005
194° y l45°

Por cuanto se observa en la presente causa signada por este despacho bajo el N° 3M-332-04 seguido en contra del acusado NERIO REYES, por la comisión de delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOLOGICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, que no corre inserta a las actas la resulta del oficio N° 1375-04, emitido por este despacho en fecha 26 de Octubre de 2.004, dejándose constancia que una vez revisada la carpeta de correspondencias recibidas de este Tribunal correspondientes al año 2.004, se constato que este Juzgado recibió comunicación N° 2107-2004 de fecha 26-10-2004, emanado de la División de Servicios Judiciales, en la que remiten anexo al mismo comunicación de fecha 28-10-2004, suscrita por la Doctora TEOLINDA GUERRA, Jefe de la División Regional de asuntos indígenas del Estado Zulia, informando en esta última que el ciudadano GUILLERMO FERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° 4.540.122, fue asignado como interprete para atender el presente asunto, comunicaciones estas que fueron diarizadas por este Juzgado de Juicio en fecha 28-10-2005, según asiento N° 21; en tal sentido se considero necesario extraer dichas comunicaciones de la carpeta de correspondencias recibidas antes señalada, y agregarlas a la causa principal. CUMPLASE CON LO ORDENADO EN EL PRESENTE AUTO.-
LA JUEZ TERCERO DE JUICIO,

SILVIA CARROZ DE PULGAR

LA SECRETARIA,

LOREMAR MORALES ESTARDA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en autos.

La Secretaria,