REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ

En horas de despacho del día de hoy, 30 de mayo del año dos mil cinco, siendo las¬ 2:30 p.m., día y hora previamente fijada por este JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a objeto de darle cumplimiento a la Medida de EMBARGO EJECUTIVO, decretada por el JUZGADO DEL MUNICIPIO BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, seguido por el abogado JOSE LUIS MATHEUS, titular de la cédula de identidad No.9.311.192, obrando con el carácter de apoderado Judicial del ciudadano: TORPAS TINO RIVAS BASTIDAS, contra: ARGELIS DOMINGA VELASQUEZ, titular de la cédula de identidad No.-V-4.910.973.- Seguidamente este Tribunal se traslado y constituyó por solicitud e indicación de la Parte Actora en las Oficinas de la ZONA EDUCATIVA DEL ESTADO ZULIA, ubicada en la avenida 8 Santa Rita, edificio La Estrella, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.- Una vez constituido éste Tribunal, en la mencionada Oficina, se procedió a notificar del objeto del traslado y constitución del mismo al (la) ciudadano (a) NANCY OLIVERO BRITO, de nacionalidad venezolana, portador de la cédula de identidad No.V-¬¬ 4.528.374,con el carácter de: PAGADOR ZONAL.-Seguidamente éste Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa ordenó EMBARGAR EJECUTIVAMENTE, a la ciudadana: ARGELIS DOMINGA VELASQUEZ, titular de la cédula de identidad No.V-4.910.973, sobre: LAS PRESTACIONES SOCIALES, que le puedan corresponder a la demandada en auto antes identificada, por su trabajo al servicio del Ministerio de Educación, hasta cubrir la cantidad de SEIS MILLONES CIENTO VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs.6.125.000,oo).- Seguidamente este JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y dándole cumplimiento a lo decretado por el Tribunal Comitente declara: EMBARGADA EJECUTIVAMENTE en los conceptos antes mencionados, hasta cubrir la cantidad de SEIS MILLONES CIENTO VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs.6.125.000,oo), debiéndose respetar para el descuentos correspondiente la escala establecida en el Artículo 163 de la Ley Orgánica del Trabajo, que es el doble la suma reclamada..- Asimismo se le hace saber al notificado que la cantidades de dinero Embargada Ejecutivamente, deberán ser depositada en la Cuenta Corriente No. 0327-010000-1479, del Banco Provincial Sucursal Mene Grande, a nombre del JUZGADO DEL MUNICIPIO BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ubicada en la avenida del lago de la Población de San Timoteo, Municipio Baralt del Estado Zulia.- Igualmente se le hace saber al notificado que a partir de la presente fecha comenzaran a efectuarse los descuentos a que se refiere la presente medida.- En este estado presente el notificado, expuso: Me doy por notificado con las reservas siguientes: PRIMERO: Determinar si el demandado, es o no trabajadora de esa Institución.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con la relación a la presente.- TERCERO: Determinar, si le han sido adelantada las Prestaciones Sociales.- CUARTO: Cualquier otra situación que deriva en relación a lo anterior expuesto y determinar si existe alguna acreencia a favor de esta Institución.- El Tribunal deja plena constancia que no ha recibido pago alguno en el cumplimiento de sus servicios, todo de conformidad con los artículos 254 y el primer aparte del artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así lo hacen saber las partes intervinientes y firmantes de la presente acta.- Terminó se leyó y conforme firman, siendo las 2:40 P.M.,concluyó el acto.-
EL JUEZ,


ABOG. DIXON AVENDAÑO VILLALOBOS
EL (la) NOTIFICADO (a),




LA SECRETARIA,


ABOG. LUZ MARINA MONTIEL LOPEZ


DAV/gonzález b.
Comis. No. 2730-2005
Exped. No. 3350