REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ
En horas de Despacho del día de hoy, 13 de mayo del año dos mil cinco, siendo las 10:15 a.m, de conformidad con lo acordado, se traslado y constituyó éste JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en las Oficinas de la Empresa CONSCARVI, ubicada en el Centro Comercial La Redoma, segundo Nivel, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de practicar medida de Embargo Preventivo, comisionada por el JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL Nro.01, con motivo del juicio de Obligación Alimentaría, seguido por: YRAIMA JOSEFINA ROMERO, titular de la cédula de identidad No .V-7.961.344, contra: IVAN DARIO RAMOS CUMARE, titular de la cédula de identidad No. V-7.843.736.- Una vez constituido este Tribunal, en la mencionada Carnicería, procedió a notificar del traslado y constitución del mismo, al ciudadano(a): SANDRA ABREU, titular de la cédula de identidad No.V—15.135.126, quién se identifico con el carácter de: ASISTENTE ADMINISTRATIVO, de inmediato este Tribunal procede hacer de su conocimiento que por disposición del Tribunal comitente, decreto Medida de Embargo sobre el cien por ciento (100%) de las Prestaciones Sociales, Fideicomiso e Intereses y Caja de Ahorros que le puedan corresponder al demandado, ciudadano: IVAN DARIO RAMOS CUMARE, titular de la cédula de identidad Nro.V-7.843.736, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que dé por terminada la relación laboral, como trabajador al servicios de l Empresa CONSTRUCCIONES CARDOZO VILLASMIL, C.A. (CONSCARVI).- Seguidamente este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara EMBARGADO PREVENTIVAMENTE los conceptos establecidos anteriormente, asimismo se le informa al notificado que las cantidades Embargada Preventivamente por los conceptos de Prestaciones Sociales, Fideicomiso e Interese y Caja de Ahorros, deberán ser remitidos mediante Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL Nro.01, ubicado en la avenida 4 Bella Vista, Edificio Arauca, frente a la Iglesia Corazón de Jesús, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, especificando dichas cantidades individualmente. - Que debe impartir órdenes para el cumplimiento de la anterior medida, la cual tiene carácter privilegiado sobre cualquier otra medida dado la naturaleza de la Materia. El Notificado Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no trabajador de esta Empresa y si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos. Me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente acta”.- Seguidamente este Tribunal ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada, y deja constancia que en la presente ejecución se le da cumplimiento a lo pautado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su Artículo 26, en concordancia con el Artículo 254 Ejusdem en lo atinente a que el Judicial no esta facultado para establecer tasas, aranceles, no exigir pago alguno por su servicios, y así dan fe y lo hace constar las partes, los intervinientes y firmantes de la presente acta, que este Tribunal no ha recibido dadiva ni pago alguno, ni por este, ni por otro conceptos en la presente ejecución.- Es todo.- Terminó se leyó y conformen firman.- Concluyó el acto siendo las 10:30 a.m..-
EL JUEZ,
ABOG. DIXON AVENDAÑO VILLALOBOS
EL (la) NOTIFICADO (a),
LA SECRETARIA
ABOG. LUZ MARINA MONTIEL LOPEZ
DAV/malpica y.-
Comis. No. 2705-2005
Exped. No. 1U-4995-05