En el día de hoy, Cuatro (04) de Mayo de Dos Mil Cinco (2005), siendo las 12:30 Pm, de conformidad con lo acordado y a pedimento de parte, se trasladó y constituyó, éste Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en la Sede de la Agencia Bella Vista de Banesco, Banco Universal, ubicado en la Avenida 4 (Bella Vista), Esquina con Calle 71, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio señalado por la apoderada judicial de la parte actora abogada Ammy Toledo, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.48.441, a objeto de llevar a efecto la ejecución de la Medida de Embargo decretada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio, Juez Unipersonal No.02, con motivo del juicio de Divorcio Ordinario incoado por la ciudadana LISBETH DEL CARMEN BRICEÑO MORENO, titular de la Cédula de Identidad No.9.739.746, en contra del ciudadano EUDO JOSE PEREZ BRICEÑO. Una vez constituído el Tribunal en la dirección ya indicada, procede a notificar de su misión a la ciudadana Mercedes M. Delgado L., venezolana, mayor de edad, , titular de la Cédula de Identidad No.5.167.574, quién se identificó como Gerente de la Agencia. En este estado presente la apoderada Judicial de la parte actora Abogada Ammy Toledo de Coletta, Expuso:”Señalo para ser Embargado el Treinta por Ciento (30%) de las cantidades que se encuentran depositas en Banesco, Banco Universal, perteneciente al Demandado de autos, así como El Cincuenta por Ciento (50%) de las cantidades que se encuentran Depositadas en Banesco Banco Universal”. Acto seguido el Tribunal ordena a la notificada a informar si el ciudadano EUDO ANTONIO PEREZ BRICEÑO, titular de la Cédula de Identidad No.5.797.533, posee cantidades de dinero a su favor en esta Institución. Acto seguido la notificada, Mercedes Delgado, expuso:”El ciudadano EUDO ANTONIO PEREZ SILVA, titular de la Cédula de Identidad No. 5.797.533, posee una Cuenta Corriente, signada con el No.01340080-65-0803127913, la cual tiene un saldo disponible de (Bs.127.237,03). Asimismo posee un certificado a Plazo Fijo signado con el No.123251990101-000807163095, por un monto de (Bs.101.119.444,45)”. El Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara formalmente EMBARGADO EL Treinta por Ciento (30%), más el Cincuenta por Ciento (50%), de la suma total de las cantidades que se encuentran Depositadas en Banesco, Banco Universal, perteneciente al ciudadano EUDO ANTONIO PEREZ SILVA, titular de la Cédula de Identidad No.5.797.533, es decir que el monto Embargado en este Acto, es la Cantidad de OCHENTA MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO BOLÍVARES CON DIECIOCHO CÉNTIMOS (Bs.80.997.345,18), que corresponde al Ochenta por Ciento (80%), de las cantidades disponibles del demandado de autos. Dichas cantidades deberán ser remitidas, mediante Cheque de Gerencia al Juzgado de la causa, ubicado en la Avenida 4 (Bella Vista), entre calles 68 y 69, Edificio Arauca, parte anexa, Planta Baja, Expediente No.6477. Acto seguido la notificada Mercedes Delgado, Expuso:”Me doy por notificada de la medida Ejecutada en este acto.” Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la Una y Treinta de la tarde (1:30 Pm) del día de hoy. Enmendado Silva Vale.-
LA JUEZ,
LA NOTIFICADA-GERENTE
DE LA AGENCIA,
LA APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA,
EL SECRETARIO,
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