REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARISMENDI, ANTOLIN DEL CAMPO Y GÓMEZ
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLIN DEL CAMPO Y
GOMEZ DE LA CIRUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.-
LA ASUNCION, VEINTISEIS (26) DE MAYO DEL DOS MIL CINCO.-
194° y 145°
Vista la anterior diligencia de fecha 18 de mayo del 2005, suscrita por los ciudadanos BELQUIS GUERRERO VIVAS, quien actúa en este acto con el carácter que tiene acreditado en autos y RODOMIRO TINEO VASQUEZ, parte demandada en el presente juicio, debidamente asistido por la abogado en ejercicio BEVERLY BRACHO FORD, venezolana, mayor de edad, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 104.091, actuando el primero como parte actora, el segundo procediendo como parte demandada, por COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA), mediante la cual se dan por notificados de la decisión emanada de este Despacho de fecha 11-03-2005, y a objeto de poner fin al presente juicio, consignan en este acto Escrito de Transacción Judicial constate de Tres (3) folios útiles, igualmente solicitan que los recibos originales de la parte demandada, sean desglosados del expediente, y les sean entregados, por cuanto la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal da por terminado el presente juicio y le imparte su homologación de conformidad con el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, igualmente ordena el desglose de los recibos originales, previa certificación en autos, de conformidad con el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil autorizándose para ello a la ciudadana EUCRYS DEL VALLE HERNANDEZ RINCONES, titular de la Cédula de Identidad 15.675.643, quien firmara conjuntamente con el secretario cada una de sus páginas y en lugar donde cursa dichos folios déjese constancia de ello.- Se ordena el archivo del presente Expediente.- Cúmplase.-
El Juez Temporal,
Dr. Vicente Ordaz Villarroel.
El Secretario,
Br. Alfredo José Rodríguez Figueroa.