REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 31 de Mayo de 2005
194° y 145°
Vista la manifestación de Separación de Cuerpos, presentada por los ciudadanos HERDAMARY JOSE MATA RIVAS y RAFAEL MARIA HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 13.980.505 y V- 11.539.472 respectivamente, debidamente asistidos por el abogado ROBERT MARCANO MARCANO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 79.953. En consecuencia, la Jueza insta a las partes a reconciliarse y por cuanto no hubo tal reconciliación, declara la separación de cuerpos en la misma forma, términos y condiciones convenidas por los referidos ciudadanos de conformidad con lo establecido en los artículos 189 y 190 del Código Civil.
Expídanse las copias certificadas que fueron menester, las cuales se expedirán de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase una vez sean suministradas las copias simples para su certificación.
LA JUEZ,
Dra. JIAM SALMEN DE CONTRERAS.-
LOS CONYUGES
EL ABOGADO ASISTENTE
LA SECRETARIA,
Abg. CECILIA FAGUNDEZ.
EXP: N° 8697-05
JSDC/cf