REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
República Bolivariana de Venezuela
Tribunal Supremo de Justicia
Dirección Ejecutiva de la Magistratura
Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 20 de Mayo de 2005
Vista la solicitud suscrita por el Dr. PABLO MIGUEL DIAZ GUERRA, en su carácter de Defensor del ciudadano HENRY JOSE BRITO, titular de la cédula de identidad N° V-16.826.163, penado en la Causa N° 2472/03 de la nomenclatura de este Tribunal; y, relativa al Traslado del prenombrado penado, quien fue Confinado por instrucciones emanadas de este Tribunal a la ciudad de Carúpano, Estado Sucre, en la Calle Bolívar, detrás del Liceo Tovar Acosta, dado que la familia del penado, quienes pueden prestarle apoyo y la asistencia debida, se domiciliaron en esta última dirección indicada, al efecto y con fundamento en lo preceptuado en los artículos 479 numeral 1° y 481 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal en nombre de la República y por Autoridad de la Ley ACUERDA EL TRASLADO DEL CIUDADANO PENADO HENRY JOSE BRITO al Sector Soledad de Cariaco, Calle Principal, cerca de la Iglesia, Familia Marcano Figueroa, Cariaco, Estado Sucre, para el cumplimiento del CONFINAMIENTO acordado por este Juzgado en fecha 03/02/2005. ASI SE DECIDE.
Regístrese, ofíciese lo conducente, notifíquese a las partes y cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN
Dra. AVILAMAR ALVAREZ RIVAS
LA SECRETARIA
Abg. Abg. MONTSERRAT PALLARES
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Lo Certifico.-
LA SECRETARIA
Abg. MONTSERRAT PALLARES
Causa N° 2472/03