REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, dos (02) de Mayo de dos mil cinco (2005)
194º y 146º
ASUNTO : VP01-S-2005-000251
Revisada como ha sido la transacción presentada por el ciudadano GIOMAR AGUSTIN QUERALES MEJIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.12.852.538, asistido por la abogada SULEIDA COROMOTO MANZANERO PEÑA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 56.847 y; la abogada IRIS CALLES DE POCATERRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 17.899, actuando como Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil INSPECCIONES TECNOLOGICAS S.A. (INSPECTA). Este Tribunal, una vez presenciado dicha transacción, analizados los términos en los cuales fue redactada la misma, observa que reúne los requisitos establecidos en el articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y Artículos 9 y 10 de su Reglamento, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni de orden público, este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN PRESENTADA, le imparte su aprobación y le otorga el carácter de cosa juzgada, dando por terminado el presente asunto y ordena el archivo definitivo del expediente.-

La Juez

Abog. Judith del Carmen Castro
La Secretaria

Abog. Maria Gabriela Fernández