REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN
194° y 145°

Maracaibo, 14 de marzo de 2005


RESOLUCIÓN N° 146-05 CAUSA 6E-170-05

Se encuentra la presente causa en este Tribunal de Ejecución, en virtud de haber quedado firme el fallo dictado en fecha 24-08-04, por el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en contra del penado GERMAN CASTILLO FUENMAYOR, venezolano, de 25 años de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad Nro. 16.727.353 hijo de German Castillo y de Constanza Fuenmayor, residenciado en el barrio El Museo, calle 62A al lado del Abasto El Topocho, Maracaibo y actualmente recluido en la Cárcel Nacional de Maracaibo, por cuanto fue condenado a cumplir la pena de CINCO (5) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRESIDIO por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA cometido en perjuicio de Guillermo Molero-
En consecuencia, este Tribunal de Ejecución de conformidad con lo establecido en el Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, Declara en Estado de Ejecución la presente Causa, y pasa a ejecutar la pena impuesta de conformidad con el Artículo 482 Ejusdem, procediendo a realizar el Cómputo Legal de la Pena impuesta.
Así tenemos: Consta en actas que el penado Penal del Estado Zulia, en contra del penado GERMAN CASTILLO FUENMAYOR, fue detenido en fecha 11-09-04, por lo que hasta el día de hoy: 14-03-05, fecha en que se practica el presente cómputo, lleva detenido: SEIS (06) MESES Y TRES (3) DIAS, faltándole por cumplir: CINCO (05) AÑOS UN (01) MES Y VEINTISIETE (27) DIAS. En consecuencia, cumplirá la Pena Principal el día: 11-05-2010. Asimismo, cumplirá una cuarta parte de la pena en fecha 11-02-06.- Una tercera parte de la pena en fecha 01-08-06 la Mitad (1/2) de la pena el día: 11-07-07 las Dos Terceras (2/3 partes el día: 21-06-08 las Tres Cuartas (3/4) partes el día: 11-12-09, y estará Sujeto a la Vigilancia de la Autoridad por (1/4) parte del tiempo de la condena, desde que esta termine, hasta el día: 11-10-2011. Este Tribunal de Ejecución establece como lugar de reclusión, en la Cárcel Nacional de Maracaibo, donde el penado GERMAN CASTILLO FUENMAYOR cumplirá la pena impuesta. Así se declara.
DISPOSITIVA

Por lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA ejecutado el fallo dictado por el Tribunal 1° de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia y DECRETA el Cómputo de la Pena a cumplir por el penado GERMAN CASTILLO FUENMAYOR.- Regístrese, Notifíquese remítanse las copias de ley anexadas a oficios.
EL JUEZ DE EJECUCIÓN,


DRA. ISABEL ARAUJO COBARRUBIA

EL SECRETARIO

ABOG. ERNESTO ROJAS H.

En la misma fecha, se registró la anterior Decisión bajo el No.146-05 en el Libro de Registro de Resoluciones, llevado por este Tribunal en el presente mes y año, Se libraron oficios bajo los Nos 1198,1199 y 1200 y se enviaron las correspondientes Boletas de Notificaciones 1201

EL SECRETARIO



IAC/isabel g.

CAUSA 6E-170-05