REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA




JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN
194° y 145°
Maracaibo, 04 de MARZO de 2005

Resolución N° 072-04.- CAUSA N° 066-02


Visto el oficio N° 457-05 de fecha 21 de febrero de este mismo año, emanado del Juzgado Noveno de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, en el cual informan a este Despacho Judicial que al penado FERNANDO ANTONIO CASTRO JIMÉNEZ, se le sigue causa signada bajo el N° 9C-1104-04, en la cual se realizo AUDIENCIA PRELIMINAR, en fecha 26-01-05, en la cual se acordó LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, siendo remitida en fecha 01-02-05 al Departamento de alguacilazgo a los fines de su distribución en el Juzgado de Juicio que le corresponda conocer de la presente causa.
Ahora bien este Tribunal en fecha 25 de Octubre del año 2004, según decisión N° 495-04, otorgo el BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado FERNANDO ANTONIO CASTRO JIMÉNEZ, imponiéndole un lapso de presentación de seis (06) meses contados a partir de la presente fecha y por cuanto se evidencia que el referido penado se encuentra en la actualidad siendo Juzgado por la Comisión de otro delito, se acuerda Suspender la formula de alternativa de cumplimiento de Pena, en la modalidad de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al penado, FERNANDO ANTONIO CASTRO, hasta que sea dictada decisión en la causa que se le sigue por ante un tribunal de Juicio de este mismo Circuito Judicial Penal. Así se decide.
Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda Suspender la Formula Alternativa de cumplimiento de pena de Suspensión condicional de la Ejecución de la Pena al penado FERNANDO ANTONIO CASTRO, portador de la cedula de identidad N° 7.887.136, de 41 años de edad de profesión o oficio Bachiller en Ciencias de oficio Obrero, casado, residenciado en la Urbanización los mangos, vereda 43D N° 43-93 Parroquia Idelfonso Vásquez FERNANDO ANTONIO CASTRO, Publíquese. Regístrese. Notifíquese. Ofíciese al Director del Establecimiento Penitenciario, al Director de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, a los fines de notificarlo de la presente decisión y al Coordinador del Departamento del Alguacilazgo a los fines de remitirle Boleta de Notificación de la Fiscal Vigésima Séptima del Ministerio Público y Defensor. Déjese copia certificada en archivo.
EL JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN

DR. JOSE VICENTE FARIA
EL SECRETARIO

ABOG. NESTOR CASTELLANO,
En la misma fecha se registro bajo el N° 072-04, en el libro respectivo y se oficio bajo los N ° 727-04 Y 729-05.-

EL SECRETARIO


JVF/MR.-
Causa N° 3E-66-02.-