REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN
Maracaibo, 14 de Marzo de 2005
194º y 146º
RESOLUCIÓN N° 090-05. CAUSA N° 251-05



Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Juzgado Mixto Séptimo de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 22-07-2004, en el cual condenó a la penada, MILEYDYS DEL CARMEN FERNÁNDEZ BARBOZA, Venezolano natural de Maracaibo, de profesión o oficio enfermera, titular de la cedula de Identidad N° 10.918.059, residenciada en la Pomona avenida 19D, N° 19D-58, de esta Ciudad de Maracaibo Estado Zulia, a cumplir la pena de: DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, por encontrarse incurso en la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO Y OMISIÓN DE ATENCION, previsto y sancionado en el articulo 411, del Codigo Penal y 274 de la Ley de Protección al Niño y al Adolescente, cometido en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de LUIS FELIPE BORGAS MOGOLLON (NIÑO), este Tribunal Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia declara en estado de Ejecución la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 479° del Código Orgánico Procesal Penal; acordando librar boleta de citación a la mencionada penada a los fines de que comparezcan por ante este despacho el día jueves 18-03-05, en horas de la mañana. Así mismo se ordena Oficiar al Ministerio del Interior y Justicia, remitiendo copia certificada de la presente Resolución . Notifíquese a la Fiscal 27° del Ministerio Público y la Defensa, CÚMPLASE.-
EL JUEZ TERCERO DE EJECUCION.

ABOG. JOSE VICENTE FARIA,
EL SECRETARIO,

ABOG. NESTOR CASTELLANO,
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, y se registro la presente resolución bajo el N° 090-05, se ofició bajo los N° 894 y 895-05.-se libraron las correspondientes Boletas de Notificaciones.-
EL SECRETARIO,
JVF/m.r
CAUSA N° 3E-251-05