REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO DE JUICIO No. 3
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 17 de Marzo de 2005
193° y 145°

ACTA DE DIFERIMIENTO DE JUICIO ORAL Y PÚBLICO

En esta fecha de hoy, Diecisiete (17) de Marzo del año 2005, siendo las Diez (10:30) de la mañana, previo el lapso de espera, en procura de contar con la presencia total de las partes, en la oportunidad previamente fijada para verificar en Audiencia Pública del Acto de la celebración del Juicio Oral y Público, en la causa signada con el N° 3M-179-02, seguida en contra de los acusados ciudadanos LUIS EDUARDO RINCÓN Y ALEXANDER JOSÉ MARÍN, por la presunta comisión del delito de CONCUSIÓN Y FALCEDAD DE ACTOS Y DOCUMENTO, cometido en perjuicio de los ciudadanos FERMÍN RODRIGUEZ, MIGUEL SÁNCHEZ Y EL ESTADO VENEZOLANO. Se constituye el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la sala del Despacho, habilitada para tal fin, ubicada en la Sede del Palacio de Justicia, avenida 15, Las Delicias, presidido por la Juez, Dra. SILVIA CARROZ, acompañada de la Secretaria, Abog. LOREMAR MORALES. Acto seguido la ciudadana Juez solicitó a la Secretaria se sirviera verificara la presencia de las partes, dejándose constancia que se encuentra presentes: el ciudadano Abogado MANUEL NUÑEZ, en su condición de Fiscal Vigésimo Quinto del Ministerio Público y la Abog. LEIDYS FLORES, Fiscal Auxiliar 25° del Ministerio Público,. Asimismo se deja expresa constancia de la incomparecencia de los ciudadanos Acusados LUIS EDUARDO RINCÓN Y ALEXANDER JOSÉ MARÍN y la defensa Abg. FRANKLIN GUTIERREZ; en consecuencia vista la inasistencia de los acusados y el Abogado Defensor, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ACUERDA DIFERIR la celebración del presente acto para el día CINCO (05) DE ABRIL DE 2005, a las 10:00 de la mañana. Igualmente se deja constancia que los acusados quedaron notificados en el presente Acto, de igual forma se ordena librar Boleta de Notificación a las partes inasistentes. Se deja expresa constancia que se cumplieron con todas las formalidades establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal y se comunico lo contundente a la Oficina de Participación ciudadana. Concluyó el acto siendo la 11:00 de la mañana. Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ TERCERO DE JUICIO,


DRA. SILVIA CARROZ DE PULGAR




LOS FISCALES DEL MINISTERIO PÚBLICO,



ABOG: MANUEL NUÑEZ



ABOG: LEIDYS FLORES



LA SECRETARIA,


ABG. LOREMAR MORALES ESTRADA