REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
Maracaibo; 14 de Marzo del 2005

ACTA DE DEBATE DEL JUICIO ORAL Y PUBLICO

En el día de hoy, Catorce (14) de Marzo del año Dos Mil Cinco (2.005), siendo las 11:00 de la mañana, previo lapso de espera para la total comparecencia de las partes al referido acto, día y hora fijado por este JUZGADO TERCERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA. Se constituye el Tribunal en la Sala N° 05 de la Sede del Palacio de Justicia, ubicada en la avenida 15 Las Delicias, diagonal a Panorama Maracaibo Estado Zulia, Conformado de manera Mixta Presidido por la Juez DRA. SILVIA CARROZ DE PULGAR, en compañía de los ESCABINO TITULAR (I): WILMER DE JESUS BARRIGA, TITULAR (II): LUVI BENITO NAVA REYES y como Secretaria de sala ABOG. LOREMAR MORALES ESTRADA, para celebrar el Juicio Oral y Privado, en la causa signada con el N° 3M-330-04 seguida en contra del acusado JUAN JOSE HERNANDEZ FREITES, por la comisión del delito de VIOLACION EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 375, en concordancia con el artículo 80 ambos del Código Penal, cometido en perjuicio de la niña ESTEFANY FREITES GARCIA. Acto seguido la ciudadana Juez Presidente solicito a la secretaria se sirva verificara la presencia de las partes, dejando constancia que se encuentran presentes en esta sala de Juicio: la Ciudadana Fiscal Trigésima Quinta del Ministerio Público, Doctora AURA DELIA GONZALEZ, el ciudadano RICARDO FREITES, en su condición de progenitor de la hoy victima, el acusado JUAN JOSE HERNANDEZ FREITES, previo traslado del Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, en compañía de su Defensor Abg. MARIO QUIJADA y los representantes de la victima Abogados ROMER ROMERO MARTINEZ, LIBIA RIOS MARTINEZ y MARIA CARROZ RINCON. Procediendo la Juez Presidente a tomarle el juramento de Ley a los ciudadanos Escabinos, haciendo la Juez presidente la salvedad que el ciudadano WILMER DE JESUS BARRIGA, quien fue constituido como el Escabino suplente, tomara el lugar del Escabino titular de la cédula de identidad N° 1. Seguidamente la Juez Presidente procedió de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 344° del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARO ABIERTO EL DEBATE siendo las DOCE Y DIEZ (12:10 pm) de la tarde, advirtiendo de inmediato al acusado que debe estar atento a todos los actos del Proceso, a las partes que deben litigar de buena fe, ser pertinentes en sus preguntas y evitar planteamientos dilatorios, a tenor de lo establecido en el Artículo 102 del Código Orgánico Procesal Penal y deberán conservar la mayor disciplina, guardar silencio y mantener en todo momento el debido respeto al Tribunal, se advirtió que cualquier manifestación de indisciplina, desorden o desacato al Juzgado, será castigado conforme a la ley. El Tribunal deja expresamente la salvedad que no hará uso de los medios de video grabación, tal como lo establece el artículo 334 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto la Dirección Ejecutiva de la Magistratura no cuenta con los medios para tal fin para lo cual ambas partes estuvieron de acuerdo. De seguida, se le concedió la palabra a las partes para que expusieran su Discurso de Presentación del caso, hace uso de la palabra inicialmente la Fiscal del Ministerio Publico, quien relata a la Audiencia una relación sucinta de los hechos que dieron origen al presente proceso y procedió a acusar Formalmente al JUAN JOSE HERNANDEZ FREITES, por la comisión del delito de VIOLACION EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 375, en concordancia con el artículo 80 ambos del Código Penal, cometido en perjuicio de la niña ESTEFANY FREITES GARCIA, en virtud de los elementos suficientes que serán debatidos en este Juicio oral y Público, solicitando sea condenado el referido ciudadano. Es todo”. Acto seguido se le concedió el derecho de palabra a la Defensa, quien procedió a narrar una relación sucinta de los hechos acaecidos y manifestó al Tribunal que demostrará con las pruebas ofertadas las cuales ratifica, ya que su defendido no incurrió en el delito que le atribuye la fiscalía del Ministerio Público. Seguidamente la Juez Presidente le solicita al acusado JUAN JOSE HERNANDEZ FREITES, se pusieran de pie imponiéndolos del Precepto Constitucional contenido en el Artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y lo establecido en los artículos 127 y 128 del Código Orgánico Procesal Penal, igualmente, le explico el hecho que se le atribuye así como las consecuencias que podría acarrear de ser declarado culpables de los hechos que le imputan según la calificación jurídica solicitada en esta audiencia por el representante de la Vindicta Pública. Así mismo, le advirtió al acusado que puede declarar sin prestar juramento o abstenerse de hacerlo sin que ello fuese considerado como elemento de culpabilidad. Seguidamente la Juez Presidente de conformidad con lo establecido en los artículos 347 y 349 del Código Orgánico Procesal Penal, le manifestó al acusado que su declaración es un medio para su defensa con la cual puede desvirtuar todos los hechos que se le imputan, pudiendo hacerlo cuantas veces lo quiera siempre y cuando esto no interrumpa el normal desenvolvimiento del proceso; igualmente se le manifestó que el debate continuaría aunque no declara. De seguida, la Juez Presidente le pregunta al acusado si deseaba declarar en este momento, manifestando este “No mas adelante en el juicio”. Seguidamente la Juez Presidente acordó SUSPENDER el presente acto, para el día Viernes DIECIOCHO (18) de MARZO 2005, a las ONCE DE LA MAÑANA (11:00 a.m.), instando a las partes a presentar a los órganos de prueba ofrecidos que no comparecieron el día de hoy, Se ordena librar oficio al Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas el Marite, a fin trasladen para el día y hora señalado al acusado de autos a la sede de este Tribunal de Juicio, informar de lo pertinente al Departamento del Alguacilazgo y Participación Ciudadana, Seguidamente la Juez Presidente. Se deja constancia que se cumplieron con todas las formalidades de Ley. Que las partes quedaron notificadas. Terminando el presente acto siendo las 01:00 minutos de la tarde, quedando notificados los presentes. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ PRESIDENTE DE JUICIO:


DRA. SILVIA CARROZ DE PULGAR.

LOS CIUDADANOS ESCABINOS,


TITULAR (l) WILMER DEJESUS BARRIGA TITULAR (2) LUVI BENITO NAVA REYES



EL FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO,


ABOG. AURA DELIA GONZALEZ


EL REPRESENTANTE DE LA VICTIMA


RICARDO FREITE

EL DEFENSOR,


ABOG. MARIO QUIJADA
EL ACUSADO


JUAN JOSE HERNANDEZ FREITES


LA SECRETARIA,


ABOG. LOREMAR MORALES ESTRADA

CAUSA No. 3M-33O-04