REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
JUZGADO NOVENO DE CONTROL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 08 de Marzo de 2005
194° Y 146°

RESOLUCION Nro. 442-05 CAUSA No. 9C-336-05

Visto el escrito, presentado por la DRA. ELIZABETH BARRIOS PAREDES, FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO PARA EL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO, en el cual solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que el hecho imputado no es típico, este Tribunal para resolver observa.

Analizada como ha sido la presente causa, se observa que la solicitud Fiscal cumple con el supuesto establecido en el ordinal 2º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, para que se pueda autorizar el Sobreseimiento de la presente causa, ya que se evidencia en las actas que la muerte del ciudadano ALBERT DE JESUS MORILLO fue a consecuencia de una inmersión por lo que dicho hecho, no revisten carácter penal en consecuencia lo procedente en derecho ORDENAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, todo de conformidad con lo en el ordinal 2º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE.

Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO NOVENO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA; Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de no resulta demostrada la comisión de un hecho punible y el hecho objeto no es típico. Regístrese la presente resolución y notifíquese a las partes.
EL JUEZ NOVENO DE CONTROL,

DR. HUMBERTO CUBILLAN
LA SECRETARIA


ABOG. PATRICIA ORDOÑEZ

En esta misma fecha se registró la presente resolución bajo el No 442-05

LA SECRETARIA


ABOG. PATRICIA ORDOÑEZ