REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA







CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCIONES DE CONTROL
Maracaibo; 16 de Marzo de 2005.-
194º y 146º
DECISIÓN Nro. 518-05. CAUSA Nro. 9C-395-05.

Visto el escrito interpuesto por la ciudadana Fiscal Especial para el Régimen Procesal Transitorio del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal, Abogada: SANTA FRASCARELLA VILLLOBOS, donde solicita EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3° en concordancia con el artículo 48 ordinal 8° ambos del Código Orgánico Procesal Penal, donde aparece como imputado la CARLOS JOSE CANDELA SANCHEZ, por la comisión del delito de VIOLACION, previsto y sancionado en el artículo 375 del código Penal, cometido en perjuicio de MARIA CLARET RIOS RAMOS, este Tribunal de Control para resolver hace las siguientes consideraciones:
Analizadas como fueron las actas de la investigación, así como el escrito de la Fiscal del Ministerio Público, donde fundamenta la solicitud de SOBRESEIMIENTO, se observa que desde la fecha en que se ordeno la Apertura de la averiguación sumaria específicamente el día 17-08-98, igualmente se observa inserto al folio (34) de la presente causa declaración rendida por la victima de autos en la cual deja constancia de su desistimiento de la acción en contra de su esposo, por lo que a criterio de quien aquí decide se produce la extinción de la acción penal por extinción de la acción penal y en consecuencia se declara con lugar la solicitud de SOBRESEIMIENTO de la causa, todo de conformidad con lo estatuido en el artículo 318 Ordinal 3° en concordancia con el artículo 48 ordinal 8° ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE.
Por las razones de hecho y los fundamentos de derecho antes expuestos, este JUZGADO NOVENO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de CARLOS JOSE CANDELA SANCHEZ, por la comisión del delito de VIOLACION previsto y sancionado en el artículo 375 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de MARIA CLARET RIOS RAMOS solicitado por el Ministerio Público todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 Ordinal 3° en concordancia con el artículo 48 ordinal 8° ambos del Código Orgánico Procesal Penal. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE
EL JUEZ NOVENO DE CONTROL


DR. HUMBERTO CUBILLAN.
LA SECRETARIA,

ABOG. PATRICIA ORDOÑEZ.
En la misma fecha se registró bajo el N° 518-05, Se libraron Boletas de Notificación al Departamento de Alguacilazgo.-
LA SECRETARIA,

Causa Nº 9C-395-05
HCV/Alexandra.