Vista la solicitud presentada por el Abogado YUSMARY FERNÁNDEZ LEÓN, en su carácter de Fiscal Sexto del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en el cual solicita LA DESESTIMACIÓN de la Denuncia, formulada por la ciudadana Anaydee Morales. Este Tribunal para decidir observa: Analizadas como han sido las actuaciones que conforman la presente solicitud, se evidencia que lo denunciado por la ciudadana Anaydee Morales, no pueden subsumirse en ningún tipo penal de los previstos y sancionados en el Código Penal Vigente, existiendo en consecuencia un obstáculo legal para ejercer la acción penal; de manera que ante el evidente obstáculo para Prosecución del Proceso, es que esta Juzgador considera Ajustado a Derecho el pedimento formulado por el Ministerio Público, y en consecuencia se Ordena la DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA de conformidad con lo establecido en los Artículos 301 y 302 del Código Adjetivo Penal