REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ
En horas de Despacho del día de hoy, martes primero (01) de marzo de dos mil cinco (2005), siendo las diez y treinta y cinco horas de la mañana (10:35Am), previa fijación acordada al efecto, a señalamiento e indicación del Abogado en ejercicio MARTIN NAVEA BRACHO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.51.756, en su carácter de Apoderado Judicial de la demandante de autos, y presente en este acto, se traslado y constituyó este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL (EJECUTOR DE MEDIDAS) DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a un inmueble constituido por un terreno, ubicado en el sector La Abuelita, en la población de Santa Cruz de Mara, Estado Zulia, con el objeto de practicar la MEDIDA decretada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el Juicio que por INTERDICTO DE AMPARO, sigue la ciudadana CIRA ELENA BRACHO BERMUDEZ, contra los ciudadanos SORA ELENA BRACHO DIAZ, HECTOR GONZALEZ Y OTROS.- Se designa Practico para que asesore al Tribunal en la ejecución de la presente Medida al ciudadano WILLIAN CHAVEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No.5.069.571, quien estando presente, expuso: “Acepto el cargo recaído en mi person.- El Tribunal lo juramento de la forma siguiente: Jura usted, cumplir fielmente con los deberes y derechos inherentes a dicho cargo?, contestó: “Lo Juro”. Seguidamente el Tribunal ya constituido en el terreno antes señalado, a señalamiento del Apoderado actor presente en este acto, con el asesoramiento del practico designado, y en cumplimiento del Despacho comisorio que le fuera conferido, procede a amparar en la posesión a la ciudadana CIRA ELENA BRACHO BERMUDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.1.067.825, representada en este acto por su apoderado judicial, sobre el inmueble en el cual se haya constituido, formado por un terreno ubicado en el sector La Abuelita, en la población de Santa Cruz de Mara del Estado Zulia, el cual se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con setenta y seis metros (76 mts), propiedad que es o fue de Gilberto Bracho. SUR: Con treinta metros cincuenta centímetros (30,50 mts), propiedad que es o fue de MANUEL PALMAR, intermedio camino publico, ESTE: Con ochenta y tres metros (83Mts), propiedad que es o fue de Cira Molero de González. OESTE: Con ochenta y tres metros (83Mts), propiedad que es o fue de Felipe Bracho. El Tribunal hace constar que se hizo presente en este acto por encontrarse en el inmueble objeto de la Medida la ciudadana SORA ELENA BRACHO DIAZ, quien no se identifico ante este Despacho, solo manifestó e informo su nombre y ser la persona contra quien obra la Medida, ciudadana esta a quien se le leyó el contenido del Despacho Comisorio. Seguidamente, este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL (EJECUTOR DE MEDIDAS) DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente Amparada en la posesión del inmueble antes determinado y en el cual se esta constituido, a la demandante ciudadana CIRA ELENA BRACHO BERMUDEZ, ya identificada, representada en este acto por su apoderado Judicial Abogado MARTIN NAVEA. El Tribunal hace constar que no ha recibido ni exigido pago alguno, emolumentos, tasas ni dadivas en el cumplimiento de la presente comisión, y así lo hace constar las partes firmantes e intervinientes en este acto, ello en cumplimiento de los artículos 26 y 254 de la Constitución Nacional de la Republica Bolivariana de Venezuela, que consagra la gratuidad de la justicia. Este acto finalizó a las once de la mañana (11:00Am), leyéndose y conformes firman.-
LA JUEZ:
ABOG. SURMA RODRIGUEZ DE BURGOS
EL APODERADO ACTOR:
MARTIN NAVEA BRACHO
EL EXPERTO:
WILLIAN CHAVEZ
LA SECRETARIA:
ABOG. ANAIS VILLALOBOS V
COMISION Nro.2478-2004.-