En el día de hoy, Dieciocho (18) de Marzo de Dos Mil Cinco, (2005), siendo las nueve y Diez de la mañana (9:10 Am), de conformidad con lo acordado y a pedimento de parte, se trasladó y constituyó, éste JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, sitio señalado por el apoderado Judicial de la parte actora Jorge Linares, Inscrito en el Inpreabogado bajo el No.53.559, en la Agencia Bella Vista de Banesco, ubicada en la Avenida 4 (bella Vista), con Calle 71, Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Una vez constituído el Tribunal en la dirección ya indicada, procede a notificar de su misión a la ciudadana Mercedes María Delgado León, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.5.167.574, quién manifestó ser Gerente de la Agencia. En este estado presente el apoderado Judicial de la parte actora, abogado Jorge Linares, expuso:”Señalo para ser Embargado Ejecutivamente, el saldo que posea la Cuenta No.3391080649, de la Demandada en éste Banco hasta cubrir la suma decretada por el Juzgado de la causa”. Acto seguido el Tribunal ordena a la persona notificada, si existe en esta Institución la Cuenta No.3391080649; si la misma pertenece a la parte demandada Instituto Politécnico Santiago Mariño; y si posee saldo suficiente para cubrir el monto requerido en este acto. En este estado la notificada expuso:” Si existe en el Banco la Cuenta No.3391080649, modalidad Corriente sin Intereses, si pertenece al Instituto Politécnico Santiago Mariño y si posee saldo suficiente para cubrir el monto solicitado”. El Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente Embargado Ejecutivamente, la cantidad de SEIS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS BOLÍVARES CON CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs.6.352.766,56), depositados en la Cuenta No.3391080649, perteneciente al Instituto Politécnico Santiago Mariño, El Tribunal ordena a la notificada remitir las cantidades Embargadas en este acto mediante Cheque de Gerencia al JUZGADO 04 (CUARTO) DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ubicado en la Avenida 4 (bella Vista), entre Calles 68 y 69, Edificio Arauca, piso 08. Acto seguido la notificada expuso: “Me doy por notificada del contenido a que se refiere la presente acta, y del Embargo ejecutado en este acto,” es todo.-Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las nueve y cuarenta de la mañana (9:40 Am), del día de hoy.
LA JUEZ,


LA NOTIFICADA-GERENTE
DE LA AGENCIA



EL APODERADO JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA



EL SECRETARIO