REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT
DESPACHO DE MEDIDA Nº 3657
En el día de hoy diecisiete de Marzo de 2.005, siendo las once y cinco minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODIRGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA , en la sede de la EMPRESA PEQUIVEN S.A, en el Sector EL TABLAZO, Municipio Miranda del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida Preventiva de Embargo, decretada por el TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en el Juicio de ALIMENTOS, seguido por la ciudadana WILMAIRA ALTAGRACIA GODOY BARRERA, titular de la cédula de identidad N° V-11.890.006, en contra del ciudadano RUSKIN JOSE LEDEZMA MORENO, titular de la cédula de identidad N° V-9. 723.349. Seguidamente el tribunal una vez constituido en la sede de la procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano LUIS DUQUE titular de la cédula de identidad N°11.735.728, en su condición de Abogado. En este estado presente el abogado en ejercicio EMIL GUSTAVO DIAZ CHACIN, inscrito en el inpreabogado bajo el Nª 28463, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana WILMAIRA ALTAGRACIA GODOY BARRERA, expuso: Solicito al tribunal se sirva ejecutar la medida de Embargo Preventivo decretada por el Juzgado de la causa.