Visto el escrito de Actualizacion de Redencion pena, emanado de la Junta de rehabilitación Laboral y Educativa de la Carcel Nacional de Maracaibo, asi como del estudio minucioso y exhaustive de las Actas que lo acompanan, suscrita por los miembros de la referida Junta, esle Tribunal de Ejecucion, de conformidad con lo que establece el Articulo 509 del Codigo Organico Procesal Penal, pasa a efectuar Computes con Redencion de pena de la siguiente manera:

El penado: GARCIA FLORENCIO IRENE, titular de la Cedilla de Identidad N0 10.224.559. lue condenado a cun-iplir la pena de ONCE (11) ANOS DE PRISIDIO mas las accesorias de Ley por la comision del delito ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 460 del Codigo Penal, cometido en perjuicio del ciudadano JUAN CARLOS GONZALEZ. Ahora bien, consta en actas que el citado penado fue detenido en fecha 15- 01-99, por lo que hasta el di'a 30-06-05, fecha en la cual se elabora el presente compute lleva detenido SEIS (06) ANOS, CINCO (05) MESES y QUINCE (15) DIAS, Tiene rediinido en razon de trabajo y/o estudio UN (01) ANO, D1EZ (10) MESES y VEINTICUATRO (24) DIAS, que sumados al tiempo que lleva detenido hace un total de OCHO (08) ANOS, CUATRO (04) MESES y NUEVE (09) DIAS, faltandole por cumplir DOS (02) ANOS. SIETE (07) MESES y VEINTIUN (21) DIAS; dimple la pena principal el dia 21-02-2008: Cumplio % parte de la pena impuesta el dia 21-11-99 para el Beneficio de Destacamento de Trabajo; Cumplio 1/3 de la pena el dia: 21-10-2000 para el Beneficio
de Regimen Abierto; cumplio las 2/3 partes de la pena impuesta el dia: 21-06-2004 para el Beneficio de Libertad Condicional; cumplio las ^A partes de la pena impuesta el dia: 21-05- 2005 para el Beneficio de Confinamiento, y por ultimo se mantendra sometido a la Sujecion a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una % parte de la Pena impuesta hasta el dia: 21-11-2010. Registrese la presente Resolucion. remitase copia cerlificada de la inisrna al Director de la Carcel Nacional de Maracaibo y a la fiscal 27 del Ministerio Publico.