Firme como ha quedado el fallo dictado por el Juzgado Septimo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 20-06-05, este Tribunal de Ejecucion de conformidad con lo establecido en el articulo 482 de la Reforma del Codigo Organico Procesal Penal, pasa a Ejecutar dicha sentencia y en consecuencia procede a la elaboración del compute legal respective.

El penado: NELSON EMIRO MARTINEZ FERRER, fue condenado a cumplir la pena de CINCO (05) ANOS DE PRESIDIO, mas las accesorias de Ley, por la comision del delito DE COMPLICIDAD EN LA EJECUCION DEL HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 408 Ordinal 1 ° del Codigo Penal, en concordancia con el ordinal 3° del articulo 84 ejusdem, cometido en perjuicio del ciudadano quien en vida respondiera al nombre de PEDRO JOSE DORIA. Ahora bien, consta en actas que el mencionado penado fue detenido en fecha 23-09-2002, por lo que hasta el dia de hoy 27-06-05 fecha en la cual se elabora el presente compute lleva detenido DOS (02) ANOS, NUEVE (09) MESES y CUATRO (04) DIAS. faltandole por cumplir DOS (02) ANOS, DOS (02) MESES Y VEINTISEIS (26) DIAS. Cumple la pena principal el dia 23-09-2007; Cumplio '/4 parte de la pena el dia 23-12-03; para el beneficio de Destacamento de Trabajo, Cumplio 1/3 parte de la pena el dia 23-05-04; para el beneficio de regimen abierto; Cumplio la mitad de la pena el dia 23-03-2005; dimple las 2/3 partes de la pena el dia 23-01-2006; para el beneficio de Libertad Condicional, Cumple las ^ partes de la pena el dia 23-06-2006, para el beneficio de Confinamiento y por ultimo se mantendra sometido a la Sujecion a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una '/i parte de la Pena impuesta hasta el dia: 23- 12-2008.-Registrese la presente Resolucion. remi'tase copia certificada de la misma con oficio a la Fiscal 27 del Ministerio Publico, al Director de la Carcel Nacional de Maracaibo, al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio de Justicia Division de Antecedentes Penales. L