REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN
Maracaibo, 06 de Junio del 2005.
195º y 146°
RESOLUCIÓN N° 237-05. CAUSA N° 125-99

Por cuanto este Tribunal observa que el penado, MIGUEL ANGEL SÁNCHEZ FERRER, cumplió con el BENEFICIO DE CONFINAMIENTO, en fecha 24-05-05, en consecuencia este Juzgador en funciones de ejecución haciendo uso de las facultades que le confiere el artículo 48 ordinal 7° del Codigo Orgánico Procesal Penal, para resolver hace las siguientes consideraciones:

En fecha 11 de Agosto del 2004, este Tribunal Tercero de Ejecución concedió el Beneficio de Confinamiento, al penado, MIGUEL ANGEL SÁNCHEZ, Portador de la Cedula de Identidad N° 12.514.895, el cual Tendría que presentarse ante la Intendencia de Carirubana hasta el día 24-05-05, tiempo que se encuentra cumplido en fecha , 24-05-05. En este sentido y analizadas como han sido las presentes actuaciones y visto que el penado ya cumplió con todas las obligaciones inherentes al beneficio de CONFINAMIENTO, este tribunal considera que lo ajustado a derecho es declarar extinguida la acción Penal por cumplimiento de obligaciones y vencimiento de plazo del CONFINAMIENTO, de conformidad con el articulo 48 ordinal 7° del código Orgánico Procesal Penal . ASI SE DECIDE.

Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda la EXTINCION DE LA ACCIÓN PENAL POR CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES Y VENCIMIENTO DE PLAZO DEL BENEFICIO DE CONFINAMIENTO, el cual le fue impuesto al penado, MIGUEL ANGEL SÁNCHEZ, de conformidad con el ordinal 7° de l artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese la presente Resolución en el libro respectivo y notifíquese a la Fiscalía Vigésima Séptima del Ministerio Público de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Defensa y penado. Líbrese oficio a la Intendencia de Carirubana de el Estado Falcón, Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, y al Ministerio de Justicia División de Antecedentes Penales.

EL JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN.

Dr. JOSE VICENTE FARIA,








EL SECRETARIO

Abog. NESTOR CASTELLANO,



En la misma fecha se registró la anterior Resolución bajo el No.237-05, y se libraron las notificaciones y se oficio bajo los N° 2244,2245,2246 y 2247-05.

EL SECRETARIO

ABOG. NESTOR CASTELLANO




JVF/mr.-
Causa N° 3E-125-99.