En horas de Despacho del día de hoy MARTES VEINTIUNO (21) de Junio de dos mil Cinco, siendo las NUEVE Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (09:30 A.M), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida decretada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por DIVORCIO sigue GLADIS RAMONA ALAÑA DELGADO contra NELSON JESUS LEAL SULBARAN. Se trasladó y constituyó el tribunal en el sitio señalado por la Apoderada Judicial de la parte actora, Abogada ZULEMA GARCIA, específicamente en la sede de la Entidad Bancaria BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, ubicado en la Av. 28 (La Limpia), N° 74-71. Seguidamente y una vez presente el tribunal en el sitio señalado, se procedió a notificar al ciudadano WILFREDO ANTONIO BRACHO AZUAJE, titular de la Cédula de Identidad Número V-6.749.273, con el carácter de GERENTE del Banco OCCIDENTAL DE DESCUENTO donde se encuentra constituido este Tribunal y quien una vez impuesto del motivo de la presencia del Tribunal, le fue requerida la Cuenta N° 1113114149 a fin de que informe a este Tribunal sobre el titular de dicha Cuenta y el saldo que presenta para el momento de la presencia del Tribunal, a lo cual, expuso: “Dicha cuenta pertenece al ciudadano NELSON JESUS LEAL SULBARAN, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.117.195 y el saldo que presente es la cantidad de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS BOLIVARES CON ONCE CENTIMOS (Bs. 856,11), siendo la misma una Cuenta de Ahorros normal”. En este estado presente la Apoderada Judicial de la parte actora expuso: “Pido a este Tribunal proceda a darle cumplimiento a la medida de Embargo Preventivo, decretada por el tribunal de la causa y para tal efecto señalo la cantidad de CUATROCIENTOS VEINTIOCHO BOLIVARES CON ONCE CENTIMOS (Bs.428,11) que corresponde al 50% del total que posee el ciudadano NELSON JESUS LEAL SULBARAN, parte demandada en el presente proceso, en la Cuenta de Ahorros N° 1113114149 a fin de que sea embargada preventivamente conforme a lo decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADA PREVENTIVAMENTE LA CANTIDAD CUATROCIENTOS VEINTIOCHO BOLIVARES CON ONCE CENTIMOS (Bs.428,11) QUE CORRESPONDE AL 50% DEL TOTAL QUE POSEE EL CIUDADANO NELSON JESUS LEAL SULBARAN, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° V-3.117.195 Y PARTE DEMANDADA EN EL PRESENTE PROCESO, EN LA CUENTA DE AHORROS N° 1113114149 Y ASI SE CONFIRMA. En este estado presente la Apoderada Judicial de la parte actora, expuso: “Dejo constancia en este acto que lña Supra mencionada Cuenta de Ahorros a nombre del demandado ciudadano NELSON JESUS LEAL SULBARAN, la misma para el mes de Mayo de 2005 contaba en sus haberes con un monto de DOCE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y UN MIL OCHENTA BOLIVARES (Bs. 12.151.080,oo) el cual fue retirado en su totalidad por el demandado, asimismo me reservo el derecho de seguir señalando bienes propiedad del demandado por cuanto la cantidad embargada no cubre el monto a embargar, es todo”. Cumplida como ha sido la presente comisión, la Apoderada Judicial de la parte actora deja constancia que este Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia no ha recibido ningún tipo de emolumento para la práctica de la presente medida. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ :
EL NOTIFICADO:
ABOG. GUILLERMO INFANTE
EL APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA
LA SECRETARIA
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