En horas de despacho del día de hoy VIERNES 17 DE JUNIO de dos mil cinco, siendo las UNA DE LA TARDE (1:00 P.M.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del estado Zulia, para llevar a efecto la medida de embargo decretada por el Tribunal de Protección Del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 02, relacionada con el Juicio que por RECLAMACION ALIMENTARIA sigue YAMIRA ADRIANA PUERTA CARDENAS contra WILLIE JOSE MARIMON BALDIRIS y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto medida de EMBARGO decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la sede de LA PROCURADURIA DEL ESTADO ZULIA, se procedió a notificar a MAREGLIA BOVES, titular de la Cédula de Identidad Número V-11.463.154 con el carácter de ABOGADO SUSTITUTO y a quién se impuso de la medida de embargo decretada por el tribunal de la causa contra el ciudadano WILLIE JOSE MARIMON BALDIRIS, titular de la Cédula de Identidad Número V-15.011.707 como funcionario adscrito a la Brigada Especial de la Policía Regional del Estado Zulia y quién expuso: “Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: Determinar si el Ciudadano WILLIE JOSE MARIMON BALDIRIS, parte demandada es Funcionario de la Policía del estado Zulia.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: Determinar sobre alguna acreencia a favor de la Gobernación del Edo. Zulia.- CUARTO: determinar si le han sido adelantadas prestaciones sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualesquiera otra situación que derive en relación a lo antes expuesto”. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADAS EL CIEN POR CIENTO (100%) DE LAS PRESTACIONES SOCIALES, FIDEICOMISO Y AHORROS QUE PUEDAN CORRESPONDERLE AL CIUDADANO WILLIE JOSE MARIMON BALDIRIS, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NUMERO V-15.011.707, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral, como Funcionario de la Policía Regional del Edo. Zulia Y ASI SE CONFIRMA.- El tribunal deja constancia que las cantidades de dinero a retener deberán ser remitidas, en Cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 02, EXP. 6667. Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena el traslado del Tribunal a su lugar de origen. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ :
EL NOTIFICADO :
ABOG. GUILLERMO INFANTE
LA SECRETARIA
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