REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ

En horas de despacho del día de hoy, 08 de junio del año dos mil cinco, siendo las 2:30 P .m., día y hora previamente fijada por este JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a objeto de darle cumplimiento a la Medida de EMBARGO PREVENTIVO, decretada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio de DIVORCIO ORDINARIO, sigue la ciudadana: LUISA DEL VALLE BASTARDO QUIÑONES, titular de la cédula de identidad No.V-4.531.787, contra: ANGEL ALIRIO MENDOZA, titular de la cédula de identidad No.-V-3.761.146.- Seguidamente este Tribunal se traslado y constituyó por solicitud e indicación de la Parte Actora en las Oficinas de la SOCIEDAD MERCANTIL “ZULIA TOWING, S.A., ubicada en el sector Valle Frío, avenida 2ª diagonal a la Plaza de Ojeda, frente al Edificio antiguo, jurisdicción de la Parroquia Santa Lucia, del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.- Una vez constituido éste Tribunal, en la mencionada Oficina, se procedió a notificar del objeto del traslado y constitución del mismo al (la) ciudadano (a) INDIRA MARQUEZ CASTILLO, de nacionalidad venezolana, portador de la cédula de identidad No.V- 9.788.714, con el carácter de: JEFE DE RECURSOS HUMANOS.- Seguidamente éste Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa decretó EMBARGO PREVENTIVO, al ciudadano: ANGEL ALIRIO MENDOZA, titular de la cédula de identidad No.V-3.761.146, sobre: EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de LAS PRESTACIONES SOCIALES, UTILIDADES, BONO VACACIONAL, PRIMAS, HORAS EXTRAS, CESTA ALIMENTARIA, CAJA DE AHORRO, FIDEICOMISO, RETROACTIVO, y cualquier otra cantidad de dinero que le puedan corresponder al demandado en auto antes identificado., como Marino de la Sociedad Mercantil ZULIA TOWING, S.A.-Seguidamente éste JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y dándole cumplimiento con lo decretado por el Tribunal Comitente declara: EMBARGADAS PREVENTIVAMENTE, los conceptos antes mencionados.- Asimismo se le hace saber al notificado que la cantidades de dinero Embargada Preventivamente, deberán ser remitidas en cheques de gerencias a la orden del JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ubicada en la avenida 2 el Milagro, Torre Mara, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.-Igualmente se le hace saber al notificado que a partir de la presente fecha comenzaran a efectuarse los descuentos a que se refiere la presente medida.- En este estado presente el notificado, expuso: Me doy por notificado con las reservas siguientes: PRIMERO: Determinar si el demandado, es o no trabajadora de esa EMPRESA.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con la relación a la presente.- TERCERO: Determinar, si le han sido adelantada las Prestaciones Sociales.- CUARTO: Cualquier otra situación que deriva en relación a lo anterior expuesto y determinar si existe alguna acreencia a favor de esta Institución.- El Tribunal deja plena constancia que no ha recibido pago alguno en el cumplimiento de sus servicios, todo de conformidad con los artículos 254 y el primer aparte del artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así lo hacen saber las partes intervinientes y firmantes de la presente acta.- Terminó se leyó y conforme firman, siendo las 2:40 P.M,concluyó el acto.-
EL JUEZ,


ABOG. DIXON AVENDAÑO VILLALOBOS
EL (la) NOTIFICADO (a),



LA SECRETARIA,

LUZ MARINA MONTIEL LOPEZ


DAV/gonzález b.
Comis. No. 2754-2005
Exped. No. 8765