REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ

En hora de Despacho del día de hoy, treinta de junio de dos mil cinco, siendo la una y treinta minutos de la tarde, día y hora previamente fijada por este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a objeto de darle cumplimiento a la Medida decretada por el JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO PARA EL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTAD ZULIA, en el procedimiento de CALIFICACION DE DESPIDO, que sigue las ciudadanas: THAIS TABORDA BUTRON Y LUA MARINA PIRONA YANTINE, titulares de la cédula de Identidad No.V-9.703.155 y 7.886.108 respectivamente contra FABRICA DE GALLETAS LUSITANA, C.A.- El Tribunal deja constancia que la ciudadana que aparece LUA MARINA PIRONA YANTINE, titular de la cédula de identidad No. 7.886.108, responde al verdadero nombre de LUZ MARINA PIRONA YANTINE, quienes se encuentran asistida en este acto por la Procuradora abogada KISBELY REDONDO, inscrita en el I.P.S.A., bajo el No. 96.080, la cual por indicación de las reclamantes con la asistencia de auto se traslade a la siguiente dirección: avenida 9B, con calle 89B, específicamente donde funciona La Panadería Pastelería Café Mansión Las Rosas, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sector La Verita.- Una vez constituido este Tribunal en la dirección antes señalada, se procedió a notificar del traslado y constitución del mismo, al ciudadano: JOSE CARLOS RIVEIRO CARVALHAL, quién es mayor de edad, soltero, extranjero, titular de la cédula de identidad No.E-82.175.096 y de este domicilio, quién manifestó ser el Encargado de la referida Empresa y asimismo expuso: “Nosotros estamos aquí hace tres (3) meses y funcionamos como PANADERIA Y PASTELERIA MANSION LAS ROSAS C.A. y que la Fabrica de Galletas Lusitana dejo de funcionar aquí, cuando nosotros llegamos ya no existía y en la parte de atrás hay unas maquinas a lo mejor eran de la galletera , pero no se lo puedo asegurar, porque solo tenemos tres meses aquí.- En este estado presente las reclamantes de auto con la asistencia antes dicha, expusieron: Vista la información suministrada por el notificado, pido a este Tribunal suspenda la ejecución de la presente medida y remita la presente comisión con sus resultas al Tribunal comitente a los efectos de Ley.- Acto seguido este Tribunal vista la exposición de las partes solicitantes de la medida suspende mandamiento de ejecución con sus resultas al Tribunal comitente a los efectos de Ley, asimismo este Tribunal deja constancia que no ha recibido pago alguno en el cumplimiento de sus servicios, todo de conformidad con los Artículos 254 y el primer aparte del artículo 26 ambos de la Constitución Bolivariana de Venezuela, así lo hacen constar las partes, intervinientes y firmantes de la presente acta.- Concluyó el acto siendo las dos de la tarde.- Terminó se leyó y conforme firman.-
EL JUEZ,


ABOG. DIXON ARTURO AVENDAÑO V.

EL NOTIFICADO,

LAS RECLAMANTES Y SU ABOGADA ASISTENTE,



LA SECRETARIA,



ABOG. LUZ MARINA MONTIEL LOPEZ