REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ



En horas de Despacho del día de hoy, 03 , de Junio del año dos mil cuatro, siendo las 10:25 a.m, de conformidad con lo acordado, se traslado y constituyó éste JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en las Oficinas del Hospital Universitario de Maracaibo, ubicado frente al Rectorado, avenida 16, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de practicar medida de Embargo , comisionada por el JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL No.01, con motivo del juicio de Reclamación Alimentaría, seguido por: CENELINDA DEL CARMEN URDANETA ABARCA, titular de la cédula de identidad No.V-13.912.459, contra: OSMERL ENRIQUE MONTERO FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad No.V-13.551.015, en relación del niño y/o adolescente: LEINAD CAROLINA, LEINNY MAR CAROLINA Y LEOMAR ENRIQUE MONTERO URDANETA.-Una vez constituido este Tribunal, en la mencionada oficina procedió a notificar del traslado y constitución del mismo, al ciudadano(a):IRIS SOTO DE PEROZO, titular de la cédula de identidad No.V-4.536.121, quién se identifico con el carácter de: SECRETARIA EJECUTIVO.- Seguidamente este Tribunal procede hacer de su conocimiento que el Tribunal comitente, ordeno Embargo Preventivo, al ciudadano: OSMERL ENRIQUE MONTERO FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nos. V-13.551.015, sobre: A) el Cuarenta Por Ciento (40%) del sueldo, horas extras, bono nocturno, cesta ticket que le puedan corresponder al demandado de auto, B) el Cuarenta por ciento (40%) anual de las utilidades, vacaciones, bonos de transferencias, bonificación de fin de año, C) en caso de que el ciudadano demandado goce de los beneficios de primas por hijos, útiles escolares y juguetes, retener el Cien por ciento (100%) de tales conceptos que le puedan corresponder a los niños y/o adolescentes de autos., D) el cuarenta por ciento (40%) sobre antigüedad, liquidación de Prestaciones Sociales, retroactivos, caja de ahorros, Fideicomiso, retiro, jubilación o muerte, Meritocracia y cualquier otro ingreso o aumento que reciba con la ocasión de trabajo.- Seguidamente este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara EMBARGADO PREVENTIVAMENTE Los conceptos establecidos en los literales “A”, “B” “C”, Y “D” deberán ser remitidas mediante cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO –JUEZ UNIPERSONAL No. 01, ubicado en la avenida 4 Bella Vista, entre calle 68 y 69, en los anexos del Edificio Arauca, frente a la Iglesia Corazón de Jesús, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.- Asimismo se servirá informar al Juzgado de la causa sobre el sueldo básico, bono vacacional, primas por hijos o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el reclamado de autos e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre el sueldo del referido demandado.- Que debe impartir ordenes para el cumplimiento de la anterior medida, la cual tiene carácter privilegiado sobre cualquier otra medida dado la naturaleza de la Materia. El Notificado Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no empleado de este Hospital y si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos. Me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente acta”.- Seguidamente este Tribunal ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada, y deja constancia que no ha recibido pago alguno en el cumplimiento de sus servicios, todo de conformidad con los artículos 254 y el primer aparte del Artículo 26 ambos de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así lo hacen constar las partes, intervinientes y firmantes de la presente acta.- Es todo.- Terminó se leyó y conformen firman.- Concluyó el acto siendo las 10:30 a.m.-
EL JUEZ,


ABOG. DIXON AVENDAÑO VILLALOBOS

EL (la) NOTIFICADO (a),



LA SECRETARIA


ABOG. LUZ MARINA MONTIEL LOPEZ


DAV/malpica y.-
Comis. No. 2738-2005
Exped. No. 06450