REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ

En horas de Despacho del día de hoy, 10 de Junio del año dos mil cinco, siendo las 10:00 a.m., de conformidad con lo acordado, se traslado y constituyó éste JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en las oficinas de la Empresa BIGIVANCA, ubicada en la avenida 49, Sector Gallo Verde, casa Nro.49-100, diagonal a Inversora Andrea, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL No.01, con motivo del juicio que por RECLAMACIÓN ALIMENTARÍA, seguido por la ciudadana: NORYS JOSEFINA CHIRINOS COELLO, titular de la cédula de identidad No.V-7.479.141, contra: RAFAEL ENRIQUE GONZALEZ CISNEROS, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.972.820.- Presente el (la) ciudadano (a): ALEXANDER ESCOBAR, titular de la cédula de identidad Nro.V-9.742.142, quién se identifico con el carácter de: GERENTE DE PROTECCION FISICA.-El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa ordenó Medida de Embargo Preventivo, al ciudadano: RAFAEL ENRIQUE GONZALEZ CISNERO, titular de la cédula de identidad No.V-7.972.820, a fin de asegurar el cumplimiento de la obligación alimentaría, tal como lo dispone los Artículo 381 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el Artículo 521 ejusdem, sobre: A) El treinta por ciento (30%) de sueldos o salarios, B) El treinta por ciento (30%) anual sobre el bono navideño y vacaciones, C) En caso de que el ciudadano demandado goce de los beneficios de primas por hijos, útiles escolares y juguetes, retener el cien por ciento (100%) de tales conceptos que le pueda corresponder al niño y/o adolescente de autos, D) El treinta por ciento (30%) de Prestaciones Sociales, caja de ahorros, fideicomiso, antigüedades y cualquier otra cantidad de dinero que este recibiera a consecuencia de retiro voluntario o despido de la Empresa Mercantil BIGIVANCA, el reclamado de auto ciudadano: RAFAEL ENRIQUE GONZALEZ CISNEROS, titular de la cédula de identidad Nro.7.972.820.- Seguidamente este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y dándole cumplimiento a lo decretado por el Juzgado comitente Declara Embargado Preventivamente los conceptos establecidos en los literales A, B, C, y D, asimismo se le hace saber al Notificado que las cantidades a retener en los literales A, B y C, deberán ser entregadas directamente a la demandante de autos, ciudadana: NORYS JOSEFINA CHIRINOS COELLO O REMITIRLOS AL TRIBUNAL DE LA CAUSA y los retenidos en el literal D deberán ser remitidas mediante cheque de gerencia a nombre del JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCÍON JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO JUEZ UNIPERSONAL Nro.01, ubicado en la avenida Bella Vista entre calle 68 y 69, frente a la Iglesia Corazón de Jesús, Edificio Arauca, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.- Igualmente se le hace saber al notificado que a partir de la presente fecha comenzaran las retenciones a que se refiere la presente medida.- El Notificado Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no trabajador de la Empresa BIGIVANCA y si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos. Me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente acta”.- En este estado el tribunal ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada y deja constancia que no ha recibido pago alguno en el cumplimiento de sus servicios, todo de conformidad con los Artículos 254 y el primer aparte de l artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así lo hacen constar las partes, intervinientes y firmantes de la presente acta.- Es todo.- Terminó se leyó y conforme firman, concluyó el acto, siendo 10:10 A.M.
EL JUEZ


ABOG. DIXON AVENDAÑO VILLALOBOS


EL (LA) NOTIFICADO (A),
LA SECRETARIA,


ABOG. LUZ MARINA MONTIEL LOPEZ


DAV/malpica y.-
Comis. No. 2756-2005
Exped. No 06759