En horas de despacho del día de hoy 17 de Junio del año dos mil cinco, siendo las 10;50am de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en las Oficinas de la Dirección de Ambiente, ubicadas al lado del Puente sobre el Lago de Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida de Embargo comisionada por el JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA No 03 con motivo del juicio de RECLAMACION ALIMENTARIA seguido por LUZ MARINA GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad No.10.445.203, contra ELIO CRUZ CACERES MARIN, titular de la Cédula de Identidad No 5.040.076, a favor de los niños y/o adolescentes ELIANA DE JESUS Y STEFANO ELIO CACERES GONZALEZ.- En este estado presente el ciudadano (a): CARLOS NARANJO, titular de la Cédula de Identidad N° 5.038.955, quien se identificó con el carácter de: JEFE DE PERSONAL.- El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado, DECRETO MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) mensual del sueldo que devenga el ciudadano ELIO CRUZ CACERES MARIN titular de la Cédula de Identidad No 5.040.076, como EMPLEADO al servicio de la Dirección Estatal del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales - Zulia, B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) sobre las Utilidades o bonificación de fin de año. C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) anual del Bono Vacacional.- D) EL CIEN POR CIENTO (100%) Primas por hijos, útiles escolares y juguetes E) EL TREINTA POR CIENTO (30%) que le correspondan de Cesta Ticket.- F) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales e Intereses, Caja de Ahorros, Fideicomiso y cualquier otra cantidad que pueda corresponder al ciudadano antes mencionado.-Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales “A”, “B”, “C”, “D”Y “E” deberán ser entregadas directamente a la reclamante de autos ciudadana LUZ MARINA GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad No 10.445.203 o remitirlas al Juzgado de la causa, y las retenidas en el literal “F” deberán remitirlas en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA SALA No 03.- EXP: 6409.- Asimismo se ordena informar sobre la capacidad económica, es decir el sueldo básico, bono vacacional, primas por hijos o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el ciudadano antes mencionado, e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre el sueldo del referido demandado.- Que debe impartir órdenes para el cumplimiento de la anterior medida, la cual tiene carácter privilegiado sobre cualquier otra medida dado la naturaleza de la Materia. El notificado (a) Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no trabajador de esta empresa; de si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos; me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente Acta”.- El Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente EMBARGADAS PREVENTIVAMENTE, las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionados; y ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 10:55AM.-

LA JUEZ:





EL NOTIFICADO (A): EL SECRETARIO: