REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDAS N° 3768
En el día de hoy veintiocho ( 28 ) de Junio de dos mil cinco (2.005), siendo las diez de la mañana, se traslado y constituyo JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en un inmueble ubicado en la calle Buenos Aires, Sector las cabillas Nº171-B, Parroquia La rosa vieja, en la ciudad de Cabimas, Municipio Cabimas del Estado, acompañado de la ciudadana Rosina Beatriz Santoro Leblanc, titular de la cedula de identidad Nº V-9.64.091, asistida por el abogado en ejercicio ALFREDO DE JESUS AMAYA TALAVERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 51.624, a objeto de ejecutar medida de Secuestro decretada por el JUZGADO PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio de Divorcio seguido por la ciudadana ROSINA BEATRIZ SANTORO LEBLANC contra el ciudadano JIMMY JOSE LEBLAN. Seguidamente el tribunal procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano JOSE GREGORIO PEROZO HERNANDEZ, y la ciudadana FLOR MARIA QUERALES DE PEROZO, titulares de la cedula de identidad Nº V-7.865.794 y V-5.174.363, respectivamente. En este estado presente la parte actora ya, identificada con la asistencia dicha expuso: Pido al tribunal se sirva ejecutar la medida de secuestro decretada por el Juzgado de la Causa. En este estado el tribunal procede a designar perito para que determine la identidad del inmueble y se designa al ciudadano RAFAEL GUTIERREZ, titular de la cedula de identidad Nº 4.014.170, quien previa aceptación del cargo recaído en su persona, se procedió a tomarle el juramento de Ley de la siguiente manera: ¿Jura Usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona?. Contesto: “ Si lo Juro”. Seguidamente el perito, ya identificado, expuso: Se trata de un inmueble ubicado en la calle Buenos Aires, sector las cabillas, Nº 171-B, Parroquia La Rosa vieja, en la ciudad de Cabimas, Municipio Cabimas del Estado Zulia con los siguientes linderos y medida: NORTE: Linda con propiedad que es o fue de FLORENTINO GOMEZ y mide VEINTICUATRO METROS CON NOVENTA CENTÍMETROS ( 24,90MTS); SUR: Linda con propiedad que es o fue de la familia Salin y mide VEINTICINCO METROS ( 25 MTS), ESTE: Linda con propiedad que es o fue de WILLIAM RODRIGUEZ y mide TREINTA Y SIETE METROS CON SESENTA CENTIMETROS (37,60 MTS); OESTE: Su frente linda con calle Buenos Aires y mide TREINTA Y SIETE METROS CON SESENTA CENTIMETROS (37,60 MTS); el inmueble esta constituido por una casa construida con paredes de bloques frisadas, techo de zinc, piso de cemento pulido, constante de sala comedor, dos cuartos dormitorios, dos baños, cocina, terraza, con puertas de hierro y madera la principal y madera entamborada las internas, ventanas de hierro con vidrios tipo romanilla, cercado con su frente con alambre de ciclón y rejas, la puerta de entrada y una pared en el lindero sur de tres (03) bloques.